MINISTERIO DE TRANSPORTE
Decisión Administrativa 1275/2018
Autorízase aplicación de penalidades.
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2018
VISTO el Expediente N° S02:101492/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramitó la contratación de un
servicio de consultoría para la realización del Proyecto Ejecutivo de
arquitectura, estructura e instalaciones, en el marco del Proyecto Red
de Expresos Regionales (RER), de acuerdo a lo solicitado por la
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 577 de fecha 2 de agosto de
2017, se aprobó lo actuado en la Licitación Pública de Etapa Múltiple
N° 9/2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE para la contratación del
mencionado servicio de consultoría, adjudicándose los Renglones Nros. 1
y 3 a la UT AC&A S.A. y CH2M HILL ARGENTINA S.A. y el Renglón Nro.
2 a la firma I.A.T.A. S.A. INGENIERIA Y ASISTENCIA TÉCNICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS PROFESIONALES.
Que, asimismo, mediante el artículo 4° de la citada decisión
administrativa se autorizó a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA de
la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.
Que en esta instancia resulta necesario autorizar la aplicación de
penalidades a los adjudicatarios y cocontratantes, la revocación de
actos administrativos del procedimiento de contratación, declaración de
suspensión, resolución, rescisión o caducidad, así como la aprobación
de prórrogas, disminuciones y ampliaciones de los contratos celebrados
en el marco de la Licitación Pública de Etapa Múltiple N° 9/2016,
quedando a cargo de las instancias del MINISTERIO DE TRANSPORTE que
correspondan, dictar los actos complementarios que permitan su
instrumentación.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y por el artículo 14 del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°
893/12 modificado por su similar N° 690/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la aplicación de penalidades a los
adjudicatarios y cocontratantes, la revocación de actos administrativos
del procedimiento de contratación, declaración de suspensión,
resolución, rescisión o caducidad, así como la aprobación de prórrogas,
disminuciones y ampliaciones de los contratos celebrados en el marco de
la Licitación Pública de Etapa Múltiple N° 9/2016, quedando a cargo de
las instancias del MINISTERIO DE TRANSPORTE que correspondan, dictar
los actos complementarios que permitan su instrumentación.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Guillermo Javier Dietrich
e. 06/07/2018 N° 48876/18 v. 06/07/2018