SERVICIO EXTERIOR
Decreto 655/2018
DECTO-2018-655-APN-PTE - Establécese Representación Diplomática.
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-15104979-APN-DDMEAPYA#MRE, el Decreto N° 228 de fecha 2 de agosto de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que por la Declaración Conjunta de fecha 18 de mayo de 1993 se
establecieron relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el
entonces ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA OCCIDENTAL, actualmente
denominado ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA.
Que por el Decreto N° 1810 de fecha 3 de octubre de 2012 se designó al
entonces Embajador de la República en NUEVA ZELANDIA, D. Fernando
Daniel ESCALONA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la
República ante el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA.
Que por el Decreto N° 1316 de fecha 27 de diciembre de 2016 se designó
al Embajador de la República en NUEVA ZELANDIA, D. Fausto Mariano LÓPEZ
CROZET, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República
ante el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas
las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la
concurrencia diplomática y la circunscripción consular ante el ESTADO
INDEPENDIENTE DE SAMOA, en la Embajada de la República en NUEVA
ZELANDIA.
Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las
relaciones bilaterales entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO
INDEPENDIENTE DE SAMOA, facilitando la promoción de los vínculos
políticos, económicos y culturales.
Que no se ha dictado el acto administrativo correspondiente asignando
la concurrencia diplomática y la circunscripción consular del ESTADO
INDEPENDIENTE DE SAMOA a la Embajada de la República en NUEVA ZELANDIA.
Que el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA y NUEVA ZELANDIA han sido
debidamente notificados de la intención de la REPÚBLICA ARGENTINA de
ejercer la concurrencia diplomática y la circunscripción consular con
el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA desde la Embajada de la República en
NUEVA ZELANDIA, conforme lo establecido en la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE
RELACIONES DIPLOMÁTICAS de fecha 18 de abril de 1961 y la CONVENCIÓN DE
VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES de fecha 24 de abril de 1963,
aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de 1963
y la Ley Nº 17.081, respectivamente.
Que el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA y NUEVA ZELANDIA, luego de haber
sido notificados en debida forma de acuerdo con lo establecido en los
artículos 5° de la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS de
fecha 18 de abril de 1961, y 7° de la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE
RELACIONES CONSULARES de fecha 24 de abril de 1963, no se han opuesto
expresamente.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus
respectivas competencias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécese la Representación Diplomática de la REPÚBLICA
ARGENTINA ante el ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA, asignándose tal
función a la Embajada de la República en NUEVA ZELANDIA.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase la circunscripción consular de la Sección
Consular de la Embajada de la República en NUEVA ZELANDIA, la cual
incorporará el territorio del ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA.
ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente
decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie
e. 17/07/2018 N° 51505/18 v. 17/07/2018