INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1080/2018
RESOL-2018-1080-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-18995534-APN-GA#INCAA del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225
del 01 de septiembre de 2010, la Resolución INCAA Nº 728-E del 8 de
mayo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto
se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones
de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias se halla la facultad del presidente
del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar
concursos y premios.
Que el Decreto Nº 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la
producción de contenidos para televisión estableciéndose sus
modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia
de este organismo.
Que por la Resolución INCAA Nº 725-E/2018 se llamó al “CONCURSO INCUBADORA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DOCUMENTALES – 2018”.
Que en el capítulo V DEL PREMIO se indica que “el monto del aporte
adicional de dinero a realizar por el INCAA para la producción de cada
PROYECTO LARGOMETRAJE DOCUMENTAL será de hasta el CINCUENTA POR CIENTO
(50%) del costo del PROYECTO con un tope total máximo de DÓLARES
CINCUENTA MIL (U$S 50.000.-), de acuerdo al presupuesto presentado y
reconocido por el INCAA en la entrega final correspondiente a la ETAPA
UNO”.
Que el monto de dicho premio debió expresarse en pesos de acuerdo a la
cotización de la divisa estadounidense según el Banco de la Nación
Argentina el 8 de mayo de 2018, día de publicación del presente
concurso, es decir PESOS UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA MIL ($1.150.000.-).
Que la Subgerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las
facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias y el Decreto Nº 324/17.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el inciso a) de la Etapa 2 del artículo 17 del
capítulo V - DEL PREMIO de las BASES Y CONDICIONES DEL “CONCURSO
INCUBADORA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DOCUMENTALES – 2018”
aprobadas en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 725-E/2018, la
cual quedará de la siguiente manera: “a) el monto del aporte adicional
de dinero a realizar por el INCAA para la producción de cada PROYECTO
LARGOMETRAJE DOCUMENTAL será de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del
costo del PROYECTO con un tope total máximo de PESOS UN MILLÓN CIENTO
CINCUENTA MIL (1.150.000.-) de acuerdo al presupuesto presentado y
reconocido por el INCAA en la entrega final correspondiente a la ETAPA
UNO”.
ARTÍCULO 2°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de
la República Argentina por el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL DE LA REÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Ralph Douglas Haiek
e. 18/07/2018 N° 51520/18 v. 18/07/2018