MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 2229/2018
RESOL-2018-2229-APN-ME
Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018
VISTO las Leyes de Educación Nacional Nº 26.206 y de Financiamiento
Educativo Nº 26.075, la Decisión Administrativa Nº 318 de fecha 13 de
marzo de 2018, las Resoluciones Ministeriales N° 906 de fecha 25 de
junio de 2010 y N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015, el Expediente Nº
EX-2018-31926595-APN-SECGE#ME, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, estableció entre los
objetivos de la política educativa nacional garantizar una educación
con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios
regionales ni inequidades sociales.
Que el incremento de la inversión en educación establecido a través de
la Ley Nº 26.075 propende, entre muchos de sus objetivos, a garantizar
el ingreso y la permanencia de niños, niñas y jóvenes mediante sistemas
de compensación que permitan favorecer la igualdad de oportunidades en
el Sistema Educativo Nacional.
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 906/10 se creó el Programa
Nacional de Extensión Educativa “Abrir la Escuela” con el objetivo
general de ampliar las trayectorias educativas y fortalecer las
trayectorias escolares de los niños, niñas y jóvenes que se encuentren
en los contextos de mayor vulnerabilidad social, habilitando tiempo,
espacios y formas de enseñar y aprender que resulten en una herramienta
que complemente el desarrollo de las disciplinas curriculares para
enriquecer las trayectorias escolares, ampliando y diversificando el
horizonte de oportunidades y experiencias educativas.
Que dicho Programa, comprendía dos líneas de acción: “Actividades de
Turismo Educativo y Recreación” y “Centros de Actividades Juveniles
(CAJ)”.
Que el Programa, se desarrolló intensamente creciendo más allá de lo
previsto, por lo que se entendió conveniente impulsar cada una de esas
líneas como programa individual, en tanto cada una hace referencia a un
conjunto coordinado y ordenado de propuestas que persigue los mismos
objetivos y tiende a la atención de problemas específicos.
Que en esa idea, se dictó la Resolución N° 1258/15 que creó la línea de
acción Programa Nacional de Turismo Educativo, “La Escuela en Viaje”
bajo la órbita de la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas.
Que de acuerdo con las modificaciones de la estructura organizativa de
este Ministerio, conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa
Nº 315/18, la Dirección Nacional de Fortalecimiento Educativo
Territorial tiene como una de sus acciones la de “Ampliar y fortalecer
las trayectorias escolares de estudiantes que se encuentren en
situación social vulnerable, a través de actividades pedagógicas
extracurriculares con formato de viajes educativos”.
Que en virtud de ello, corresponde transferir el Programa Nacional de
Turismo Educativo de la órbita de la Dirección Nacional de Políticas
Socioeducativas a la órbita de la Dirección Nacional de Fortalecimiento
Educativo Territorial.
Que asimismo, atento la experiencia acumulada desde el inicio de la
ejecución del programa, la Dirección Nacional de Fortalecimiento
Territorial detectó la necesidad de realizar modificaciones en los
términos del Programa a fin de ajustarlo a las necesidades actuales del
mismo, razón por la cual corresponde dictar el acto administrativo que
materialice dichas modificaciones.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por la Ley
de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias y por el Decreto N°
357/02 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESULEVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar la denominación de la línea de acción “PROGRAMA
NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO, ‘LA ESCUELA EN VIAJE’” creada por
Resolución Ministerial N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015, la cual a
partir del dictado de la presente se denominará “PROGRAMA NACIONAL DE
TURISMO EDUCATIVO”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 1258
de fecha 27 de mayo de 2015 por el que se establece como Anexo I
(IF-2018-31928166-APN-SECGE#ME) de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Modificar el Anexo II de la Resolución Ministerial N°
1258 de fecha 27 de mayo de 2015 por el que se establece como Anexo II
(IF-2018-31928493-APN-SECGE#ME) de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demande la ejecución del proyecto previsto
en la presente Resolución se afrontarán con el crédito previsto para el
Programa 48, Actividad 02 del presupuesto del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alejandro Finocchiaro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/08/2018 N° 58496/18 v. 14/08/2018
ANEXO I
PAUTAS
''PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO"
Presentación
Consideramos a la escuela como la institución, y a la educación como la
herramienta, que la sociedad ha construido y designado para realizar la
distribución masiva e igualitaria de los bienes culturales por ella
producidos.
La educación, ampliando los términos de su concepción, entendida como
proceso integral - que acompaña al hombre durante toda su existencia -
excede los marcos que impone el sistema educativo formal.
Se observa que, paralelamente al sistema formal y regular de educación,
se realizan múltiples y diversas experiencias educativas, profundamente
enriquecedoras, que aportan al desarrollo y la formación integral de
los niños y jóvenes, su crecimiento y su promoción cultural.
En tal sentido, promovemos el desarrollo de acciones y proyectos que se
realicen en tiempos y espacios complementarios y alternativos a los
establecidos en el marco del sistema formal, que nos permitan
intensificar aprendizajes y abordar variedad de problemáticas.
Consideramos que los proyectos de extensión educativa deben ser
asumidos por la escuela, como áreas de aprendizaje que vinculen los
contenidos formales de las disciplinas curriculares con aquellas
experiencias que, siendo de carácter formativo, se desarrollan por
fuera del ámbito de la escuela. Significa apropiarse de un espacio
educativo que debemos llenar de contenido, con el propósito de
articular la dimensión formal de la educación y el circuito no formal
en el ámbito de la escuela.
Que la escuela intervenga en estos espacios y con su acción
transformadora los convierta en contenidos educativos, además de
aportar a la formación integral, implica la responsabilidad
institucional de no permitir que otros actores por fuera del ámbito
escolar se apropien de los mismos, con intereses ajenos a las
necesidades educativas de jóvenes y niños.
Justificación
El Programa Nacional de Turismo Educativo, que se desarrollará a través
de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial,
propone a las escuelas habilitar otros tiempos, espacios y formas de
enseñar y de aprender; que abordan contenidos y áreas temáticas que se
definen en función de proyectos pedagógicos de trabajo.
Estos proyectos deben ser una herramienta que complemente y acompañe el
desarrollo de las disciplinas curriculares, ampliando la capacidad
organizativa y pedagógica de la escuela para la planificación de
aquellas acciones, que integrando ambas prácticas y, dimensiones, nos
posibilitará enriquecer las trayectorias escolares, ampliando y
diversificando el horizonte de oportunidades y experiencias educativas.
Asimismo, la propuesta pedagógica se apoyarán en las diferentes
actividades que se desarrollan en el ámbito educativo, como una forma
de potenciar aún más la educación en la equidad, favoreciendo el acceso
de todos los niños y niñas a los saberes y bienes culturales,
permitiendo que las particularidades de los participantes enriquezcan
la enseñanza potenciando la integración entre los actores.
Propósito
Ampliar y fortalecer las trayectorias escolares y educativas de los
niños, niñas y jóvenes que se encuentran en los contextos de mayor
vulnerabilidad social.
Objetivos
• Favorecer el desarrollo integral de los niños, niñas y jóvenes en
contextos de diversidad cultural de las distintas regiones del país.
• Ampliar la oferta educativa integrando distintos ámbitos de enseñanza, promoviendo la igualdad de oportunidades.
Destinatarios
Estudiantes de escuelas públicas primarias y secundarias, con mayores índices de vulnerabilidad social.
Programa Nacional de Turismo Educativo
Esta línea de acción implica promover actividades de turismo en el
contexto escolar a partir del diseño y ejecución de las distintas
modalidades que en este tipo de experiencias directas pueden
plantearse: colonias de vacaciones (tanto en el receso de invierno como
en el de verano) y salidas educativas.
En términos amplios, estas jornadas de integración y convivencia son un
espacio educativo y de intercambio cultural que se propone mejorar el
desempeño escolar de los alumnos, ya que posibilitan la vivencia de
procesos grupales de convivencia complementarios a los que suceden en
el aula, en los que confluyen nuevos proyectos y aprendizajes.
Esta acción se materializa como una plataforma que pone en contacto y
circulación parte del patrimonio cultural de una región con el de otra,
ampliando el repertorio de todos los participantes, integrando
diferentes regiones del país, organizando acciones que permitan enseñar
y aprender a reconocer y respetar las diferencias, con la finalidad de
reforzar la construcción de la propia identidad y la de todos, buscando
lo común en contextos de diversidad cultural, poniendo a prueba las
diferencias para la construcción de la experiencia educativa compartida.
Implementación
Este Programa contiene DOS (2) componentes. Los mismos son:
• Viajes de intercambio cultural / estudio.
• Salidas educativas.
Los proyectos contemplan el desplazamiento de grupos de niños, niñas y
jóvenes, acompañados por sus docentes desde su escuela a los centros
turísticos que defina el Ministerio de Educación de la Nación, como
ser: Unidad Turística Embalse, Provincia de Córdoba, Unidad Turística
Chapadmalal, Provincia de Buenos Aires, Complejo Colonia de Vacaciones
"Alfonsina Storni", Partido de Gral. Pueyrredón, Provincia de Buenos
Aires; u otros ámbitos con capacidad e infraestructura adecuada para
recibir contingentes masivos.
Componente I: Viajes de intercambio cultural / estudio
Tiene como objetivo el fomento y desarrollo del turismo escolar a nivel
nacional. Su desarrollo y ejecución podrá realizarse en cualquier etapa
del año.
Los contenidos que contempla están enmarcados dentro de una propuesta
lúdica que retoma temáticas curriculares trabajadas en el aula y las
propone en un contexto diferenciado, utilizando la recreación como
herramienta educativa.
En esa línea se abordará en las actividades, el uso adecuado del tiempo
libre, el fortalecimiento de lo actitudinal en la convivencia en torno
a valores democráticos, el juego, la comunicación y la expresión
artística.
Los destinatarios son los alumnos y alumnas de escuelas públicas primarias y secundarias de todo el país.
Componente II: Salidas Educativas
Tienen como objetivo garantizar espacios de educación no formal
mediante experiencias directas relacionadas con la ciencia, el arte, la
tecnología, la cultura, la historia y/o la naturaleza de nuestro país.
Su desarrollo y ejecución podrá realizarse en cualquier etapa del año.
Las diferentes salidas serán de carácter local y brindan a los
estudiantes la posibilidad de vivenciar de forma práctica los
contenidos curriculares trabajados en el Proyecto Educativo
Institucional de cada escuela.
Los destinatarios son los alumnos y alumnas de escuelas públicas primarias y secundarias de todo el país.
IF-2018-31928166-APN-SECGE#ME
ANEXO II
PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO
Dotación
El Programa Nacional de Turismo Educativo contará con la siguiente dotación:
RESPONABLE NACIONAL: Dirige de modo integral el Programa en todas sus
áreas. Asigna los cupos que se distribuyen en las diferentes
jurisdicciones. Es el responsable general y supervisa, monitorea y
resuelve todo lo concerniente a la planificación, ejecución y
evaluación del Programa; posee el control general de todo lo atinente
al desarrollo.
RESPONSABLES GENERALES: ejecutan la implementación en territorio de lo
definido por el Responsable Nacional. Monitorean y supervisan el
desarrollo de la parte pedagógica, operativa y logística.
Mantienen la comunicación permanente con todos los integrantes del
equipo como así también con los adultos acompañantes. Participan y
elaboran las reuniones generales en destino. Realizan un cronograma de
trabajo general; Armado de los equipos; Armado de la jornada de
capacitación; Supervisión de la planificación de cada pareja pedagógica
y de cada tallerista.
RESPONSABLE ADMINISTRATIVO: Es el responsable de la ejecución de las
tareas administrativas del programa en general, distribuyendo las
mismas en los distintos agentes administrativos del área.
RESPONSABLE PEDAGÓGICO: Tendrá a su cargo la coordinación del trabajo
de los equipos pedagógicos y determinará los lineamientos a seguir.
EQUIPO A CARGO DE LOS GRUPOS: responsable de los chicos participantes
durante el tiempo en que se desarrollen las actividades del Programa,
planifica la actividad de acuerdo con las directivas impartidas por las
autoridades, participación de la jornada de capacitación y actúan como
jueces o jurados en las actividades deportivas y/o culturales que se
desarrollan.
IF-2018-31928493-APN-SECGE#ME