MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 2229/2018

RESOL-2018-2229-APN-ME

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO las Leyes de Educación Nacional Nº 26.206 y de Financiamiento Educativo Nº 26.075, la Decisión Administrativa Nº 318 de fecha 13 de marzo de 2018, las Resoluciones Ministeriales N° 906 de fecha 25 de junio de 2010 y N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015, el Expediente Nº EX-2018-31926595-APN-SECGE#ME, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, estableció entre los objetivos de la política educativa nacional garantizar una educación con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.

Que el incremento de la inversión en educación establecido a través de la Ley Nº 26.075 propende, entre muchos de sus objetivos, a garantizar el ingreso y la permanencia de niños, niñas y jóvenes mediante sistemas de compensación que permitan favorecer la igualdad de oportunidades en el Sistema Educativo Nacional.

Que a través de la Resolución Ministerial Nº 906/10 se creó el Programa Nacional de Extensión Educativa “Abrir la Escuela” con el objetivo general de ampliar las trayectorias educativas y fortalecer las trayectorias escolares de los niños, niñas y jóvenes que se encuentren en los contextos de mayor vulnerabilidad social, habilitando tiempo, espacios y formas de enseñar y aprender que resulten en una herramienta que complemente el desarrollo de las disciplinas curriculares para enriquecer las trayectorias escolares, ampliando y diversificando el horizonte de oportunidades y experiencias educativas.

Que dicho Programa, comprendía dos líneas de acción: “Actividades de Turismo Educativo y Recreación” y “Centros de Actividades Juveniles (CAJ)”.

Que el Programa, se desarrolló intensamente creciendo más allá de lo previsto, por lo que se entendió conveniente impulsar cada una de esas líneas como programa individual, en tanto cada una hace referencia a un conjunto coordinado y ordenado de propuestas que persigue los mismos objetivos y tiende a la atención de problemas específicos.

Que en esa idea, se dictó la Resolución N° 1258/15 que creó la línea de acción Programa Nacional de Turismo Educativo, “La Escuela en Viaje” bajo la órbita de la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas.

Que de acuerdo con las modificaciones de la estructura organizativa de este Ministerio, conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 315/18, la Dirección Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial tiene como una de sus acciones la de “Ampliar y fortalecer las trayectorias escolares de estudiantes que se encuentren en situación social vulnerable, a través de actividades pedagógicas extracurriculares con formato de viajes educativos”.

Que en virtud de ello, corresponde transferir el Programa Nacional de Turismo Educativo de la órbita de la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas a la órbita de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial.

Que asimismo, atento la experiencia acumulada desde el inicio de la ejecución del programa, la Dirección Nacional de Fortalecimiento Territorial detectó la necesidad de realizar modificaciones en los términos del Programa a fin de ajustarlo a las necesidades actuales del mismo, razón por la cual corresponde dictar el acto administrativo que materialice dichas modificaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias y por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESULEVE:

ARTÍCULO 1º.- Modificar la denominación de la línea de acción “PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO, ‘LA ESCUELA EN VIAJE’” creada por Resolución Ministerial N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015, la cual a partir del dictado de la presente se denominará “PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015 por el que se establece como Anexo I (IF-2018-31928166-APN-SECGE#ME) de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Modificar el Anexo II de la Resolución Ministerial N° 1258 de fecha 27 de mayo de 2015 por el que se establece como Anexo II (IF-2018-31928493-APN-SECGE#ME) de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demande la ejecución del proyecto previsto en la presente Resolución se afrontarán con el crédito previsto para el Programa 48, Actividad 02 del presupuesto del Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/08/2018 N° 58496/18 v. 14/08/2018

ANEXO I

PAUTAS

''PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO"

Presentación

Consideramos a la escuela como la institución, y a la educación como la herramienta, que la sociedad ha construido y designado para realizar la distribución masiva e igualitaria de los bienes culturales por ella producidos.

La educación, ampliando los términos de su concepción, entendida como proceso integral - que acompaña al hombre durante toda su existencia - excede los marcos que impone el sistema educativo formal.

Se observa que, paralelamente al sistema formal y regular de educación, se realizan múltiples y diversas experiencias educativas, profundamente enriquecedoras, que aportan al desarrollo y la formación integral de los niños y jóvenes, su crecimiento y su promoción cultural.

En tal sentido, promovemos el desarrollo de acciones y proyectos que se realicen en tiempos y espacios complementarios y alternativos a los establecidos en el marco del sistema formal, que nos permitan intensificar aprendizajes y abordar variedad de problemáticas.

Consideramos que los proyectos de extensión educativa deben ser asumidos por la escuela, como áreas de aprendizaje que vinculen los contenidos formales de las disciplinas curriculares con aquellas experiencias que, siendo de carácter formativo, se desarrollan por fuera del ámbito de la escuela. Significa apropiarse de un espacio educativo que debemos llenar de contenido, con el propósito de articular la dimensión formal de la educación y el circuito no formal en el ámbito de la escuela.

Que la escuela intervenga en estos espacios y con su acción transformadora los convierta en contenidos educativos, además de aportar a la formación integral, implica la responsabilidad institucional de no permitir que otros actores por fuera del ámbito escolar se apropien de los mismos, con intereses ajenos a las necesidades educativas de jóvenes y niños.

Justificación

El Programa Nacional de Turismo Educativo, que se desarrollará a través de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Educativo Territorial, propone a las escuelas habilitar otros tiempos, espacios y formas de enseñar y de aprender; que abordan contenidos y áreas temáticas que se definen en función de proyectos pedagógicos de trabajo.

Estos proyectos deben ser una herramienta que complemente y acompañe el desarrollo de las disciplinas curriculares, ampliando la capacidad organizativa y pedagógica de la escuela para la planificación de aquellas acciones, que integrando ambas prácticas y, dimensiones, nos posibilitará enriquecer las trayectorias escolares, ampliando y diversificando el horizonte de oportunidades y experiencias educativas.

Asimismo, la propuesta pedagógica se apoyarán en las diferentes actividades que se desarrollan en el ámbito educativo, como una forma de potenciar aún más la educación en la equidad, favoreciendo el acceso de todos los niños y niñas a los saberes y bienes culturales, permitiendo que las particularidades de los participantes enriquezcan la enseñanza potenciando la integración entre los actores.

Propósito

Ampliar y fortalecer las trayectorias escolares y educativas de los niños, niñas y jóvenes que se encuentran en los contextos de mayor vulnerabilidad social.

Objetivos

• Favorecer el desarrollo integral de los niños, niñas y jóvenes en contextos de diversidad cultural de las distintas regiones del país.

• Ampliar la oferta educativa integrando distintos ámbitos de enseñanza, promoviendo la igualdad de oportunidades.

Destinatarios

Estudiantes de escuelas públicas primarias y secundarias, con mayores índices de vulnerabilidad social.

Programa Nacional de Turismo Educativo

Esta línea de acción implica promover actividades de turismo en el contexto escolar a partir del diseño y ejecución de las distintas modalidades que en este tipo de experiencias directas pueden plantearse: colonias de vacaciones (tanto en el receso de invierno como en el de verano) y salidas educativas.

En términos amplios, estas jornadas de integración y convivencia son un espacio educativo y de intercambio cultural que se propone mejorar el desempeño escolar de los alumnos, ya que posibilitan la vivencia de procesos grupales de convivencia complementarios a los que suceden en el aula, en los que confluyen nuevos proyectos y aprendizajes.

Esta acción se materializa como una plataforma que pone en contacto y circulación parte del patrimonio cultural de una región con el de otra, ampliando el repertorio de todos los participantes, integrando diferentes regiones del país, organizando acciones que permitan enseñar y aprender a reconocer y respetar las diferencias, con la finalidad de reforzar la construcción de la propia identidad y la de todos, buscando lo común en contextos de diversidad cultural, poniendo a prueba las diferencias para la construcción de la experiencia educativa compartida.

Implementación

Este Programa contiene DOS (2) componentes. Los mismos son:

• Viajes de intercambio cultural / estudio.

• Salidas educativas.

Los proyectos contemplan el desplazamiento de grupos de niños, niñas y jóvenes, acompañados por sus docentes desde su escuela a los centros turísticos que defina el Ministerio de Educación de la Nación, como ser: Unidad Turística Embalse, Provincia de Córdoba, Unidad Turística Chapadmalal, Provincia de Buenos Aires, Complejo Colonia de Vacaciones "Alfonsina Storni", Partido de Gral. Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires; u otros ámbitos con capacidad e infraestructura adecuada para recibir contingentes masivos.

Componente I: Viajes de intercambio cultural / estudio

Tiene como objetivo el fomento y desarrollo del turismo escolar a nivel nacional. Su desarrollo y ejecución podrá realizarse en cualquier etapa del año.

Los contenidos que contempla están enmarcados dentro de una propuesta lúdica que retoma temáticas curriculares trabajadas en el aula y las propone en un contexto diferenciado, utilizando la recreación como herramienta educativa.

En esa línea se abordará en las actividades, el uso adecuado del tiempo libre, el fortalecimiento de lo actitudinal en la convivencia en torno a valores democráticos, el juego, la comunicación y la expresión artística.

Los destinatarios son los alumnos y alumnas de escuelas públicas primarias y secundarias de todo el país.

Componente II: Salidas Educativas

Tienen como objetivo garantizar espacios de educación no formal mediante experiencias directas relacionadas con la ciencia, el arte, la tecnología, la cultura, la historia y/o la naturaleza de nuestro país. Su desarrollo y ejecución podrá realizarse en cualquier etapa del año.

Las diferentes salidas serán de carácter local y brindan a los estudiantes la posibilidad de vivenciar de forma práctica los contenidos curriculares trabajados en el Proyecto Educativo Institucional de cada escuela.

Los destinatarios son los alumnos y alumnas de escuelas públicas primarias y secundarias de todo el país.

IF-2018-31928166-APN-SECGE#ME



ANEXO II

PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO EDUCATIVO

Dotación

El Programa Nacional de Turismo Educativo contará con la siguiente dotación:

RESPONABLE NACIONAL: Dirige de modo integral el Programa en todas sus áreas. Asigna los cupos que se distribuyen en las diferentes jurisdicciones. Es el responsable general y supervisa, monitorea y resuelve todo lo concerniente a la planificación, ejecución y evaluación del Programa; posee el control general de todo lo atinente al desarrollo.

RESPONSABLES GENERALES: ejecutan la implementación en territorio de lo definido por el Responsable Nacional. Monitorean y supervisan el desarrollo de la parte pedagógica, operativa y logística.

Mantienen la comunicación permanente con todos los integrantes del equipo como así también con los adultos acompañantes. Participan y elaboran las reuniones generales en destino. Realizan un cronograma de trabajo general; Armado de los equipos; Armado de la jornada de capacitación; Supervisión de la planificación de cada pareja pedagógica y de cada tallerista.

RESPONSABLE ADMINISTRATIVO: Es el responsable de la ejecución de las tareas administrativas del programa en general, distribuyendo las mismas en los distintos agentes administrativos del área.

RESPONSABLE PEDAGÓGICO: Tendrá a su cargo la coordinación del trabajo de los equipos pedagógicos y determinará los lineamientos a seguir.

EQUIPO A CARGO DE LOS GRUPOS: responsable de los chicos participantes durante el tiempo en que se desarrollen las actividades del Programa, planifica la actividad de acuerdo con las directivas impartidas por las autoridades, participación de la jornada de capacitación y actúan como jueces o jurados en las actividades deportivas y/o culturales que se desarrollan.

IF-2018-31928493-APN-SECGE#ME