MINISTERIO DE TURISMO
Resolución 329/2018
RESOL-2018-329-APN-MTU
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2018
VISTO el Expediente EX-2017-09268948-APN-DDYME#MTU, la Ley N° 27.431 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2018, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios y 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su
modificatorio, las Decisiones Administrativas Nros. 6 de fecha 15 de
enero de 2018, y su complementario, y 317 de fecha 13 de marzo de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 787 de fecha 22 de septiembre de
2017 se designó con carácter transitorio al Arquitecto D. Mariano
ALGUACIL (M.I. N° 20.816.182) en el cargo Nivel A, Grado 0, Función
Ejecutiva Nivel I, de entonces Director Nacional de Planificación,
Destinos y Productos Turísticos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO TURÍSTICO de la ex SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE
TURISMO.
Que por la Decisión Administrativa N° 317 de fecha 13 de marzo de 2018
por la cual se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo de este MINISTERIO DE TURISMO, se homologó y reasignó,
entre otros, el cargo de Director de la ex Dirección Nacional
Planificación, Destinos y Productos Turísticos, actualmente Dirección
Nacional de Planificación del Desarrollo Turístico de la SUBSECRETARÍA
DE DESARROLLO TURÍSTICO de la SECRETARIA DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN
TURÍSTICA, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la citada
Cartera Ministerial.
Que el referido cargo debía ser cubierto conforme el proceso de
selección vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación
transitoria aprobada por la Decisión Administrativa N° 787/17 en el
actual cargo, homologado y reasignado, de Director Nacional de
Planificación del Desarrollo Turístico, atento a no haberse podido dar
cumplimiento al proceso de selección establecido en la norma señalada
en el párrafo anterior.
Que el Arquitecto D. Mariano ALGUACIL se encuentra desempeñando el aludido cargo.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de
Recursos Humanos ambas dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E
INVERSIONES TURÍSTICAS del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la
intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS del MINISTERIO DE
TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias y los Decretos Nros. 4 de fecha 10 de diciembre de 2015
y 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio.
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria
dispuesta por la Decisión Administrativa Nº 787 de fecha 22 de
septiembre de 2017, al Arquitecto D. Mariano ALGUACIL (M.I. N°
20.816.182) en el cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I,
homologado y reasignado de Director Nacional de Planificación de
Desarrollo Turístico dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO
TURÍSTICO de la SECRETARIA DE DESARROLLO Y PRMOCIÓN TURÍSTICA del
MINISTERIO DE TURISMO, autorizándose el pago de la referida Función
Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el
Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- El periodo prorrogado en el artículo 1°, en cuanto exceda
el plazo determinado por el Decreto N° 1.165/2016 y su modificatorio,
quedará supeditado a la renovación de las facultades dispuestas por la
mencionada medida.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Decreto N°
2.098/08 y sus modificatorios, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del 20 de junio de 2018.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será
atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto
correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo
dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1.165 de fecha 11 de
noviembre de 2016 y su modificatorio.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. José Gustavo Santos
e. 07/09/2018 N° 65671/18 v. 07/09/2018