ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 225/2018
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la
construcción de la instalación de TRANSPORTE DE INTERCONEXIÓN
INTERNACIONAL, destinada a vincular eléctricamente el Mercado Eléctrico
Mayorista (MEM) de ARGENTINA con el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA,
solicitada por la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA (ENDE CORPORACIÓN), que consistente en la
construcción de UN (1) electroducto de 2 x 132 kV (LAT 2 x 132 kV)
desde el Nodo Frontera (Bolivia–Argentina) - ET Tartagal ubicado en la
Provincia de SALTA, REPÚBLICA ARGENTINA, con conductor 240/40 mm2 de
SESENTA Y CUATRO KILÓMETROS (64 km) de longitud, con más SÉIS
KILÓMETROS (6 km) de línea aérea de alta tensión en simple terna, hasta
acometer a UN (1) campo de 132 kV en la ET Tartagal, que será el punto
de vinculación de la LAT 132 kV de Interconexión Internacional con el
Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
2.- El Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública otorgado en el
artículo 1 precedente, se sustenta en los acuerdos celebrados entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA en el
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ARGENTINA-BOLIVIA suscripto el 17 de junio
de 2015 y en el “ACUERDO DE INTERCAMBIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ENTRE EL
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA” y su “ACUERDO
MODIFICATORIO” al ACUERDO DE INTERCAMBIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ENTRE EL
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA ARGENTINA suscripto por
ENDE y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
3.- Los solicitantes deberán presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) una copia del Contrato de Construcción,
Operación y Mantenimiento (Contrato COM) de la instalación de
Transporte de Interconexión Internacional suscripto entre ellos y el
futuro Concesionario, junto con la solicitud de otorgamiento de
Concesión de Transporte de Interconexión Internacional para la
instalación en cuestión a favor del Comitente del Contrato COM.
4.- Los solicitantes, antes del inicio de las respectivas obras,
deberán presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(ENRE) la documentación y traza definitiva de los electroductos del
proyecto ejecutivo, debidamente aprobados por la Autoridad Ambiental
competente, a efectos de analizar el cumplimiento de los parámetros
establecidos en las Resoluciones SE N° 15/1992 y 77/1998. Las obras no
podrán iniciarse sin la previa aprobación de este organismo.
5.- Cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de
esta resolución, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
otorgará al Contratista del Contrato COM una Concesión de Transporte de
Energía Eléctrica de Interconexión Internacional que quedará sujeta ad
referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
6.- El comitente del Contrato COM deberá presentar TRES (3) o más
firmas calificadas, públicas o privadas independientes del grupo
solicitante, a consideración del ENRE, a efectos de realizar la
supervisión de la construcción de la LAT 132 kV Nodo Frontera
(Bolivia–Argentina)–ET Tartagal, con el fin de resguardar el interés de
los usuarios y de los distintos agentes del MEM, atento a que la
instalación de Transporte de Energía Eléctrica de Interconexión
Internacional se vinculará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI)
y a fin de lograr unicidad de criterios en cuanto a la calidad y
seguridad de todas las instalaciones de transporte de energía eléctrica
involucradas.
7.- Téngase presente las observaciones efectuadas por CAMMESA para su oportuno cumplimiento.
8.- Notifíquese a la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA (ENDE CORPORACIÓN); a la EMPRESA DE TRANSPORTE
DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.); a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), al GOBIERNO DE
LA PROVINCIA DE SALTA, a la SECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA
NACIÓN y al ENRE REGULADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal
Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo
Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing.
Andrés Chambouleyron -.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 07/09/2018 N° 65820/18 v. 07/09/2018