ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 225/2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la construcción de la instalación de TRANSPORTE DE INTERCONEXIÓN INTERNACIONAL, destinada a vincular eléctricamente el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de ARGENTINA con el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, solicitada por la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA (ENDE CORPORACIÓN), que consistente en la construcción de UN (1) electroducto de 2 x 132 kV (LAT 2 x 132 kV) desde el Nodo Frontera (Bolivia–Argentina) - ET Tartagal ubicado en la Provincia de SALTA, REPÚBLICA ARGENTINA, con conductor 240/40 mm2 de SESENTA Y CUATRO KILÓMETROS (64 km) de longitud, con más SÉIS KILÓMETROS (6 km) de línea aérea de alta tensión en simple terna, hasta acometer a UN (1) campo de 132 kV en la ET Tartagal, que será el punto de vinculación de la LAT 132 kV de Interconexión Internacional con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

2.- El Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública otorgado en el artículo 1 precedente, se sustenta en los acuerdos celebrados entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA en el MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ARGENTINA-BOLIVIA suscripto el 17 de junio de 2015 y en el “ACUERDO DE INTERCAMBIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ENTRE EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA” y su “ACUERDO MODIFICATORIO” al ACUERDO DE INTERCAMBIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ENTRE EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA ARGENTINA suscripto por ENDE y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

3.- Los solicitantes deberán presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) una copia del Contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento (Contrato COM) de la instalación de Transporte de Interconexión Internacional suscripto entre ellos y el futuro Concesionario, junto con la solicitud de otorgamiento de Concesión de Transporte de Interconexión Internacional para la instalación en cuestión a favor del Comitente del Contrato COM.

4.- Los solicitantes, antes del inicio de las respectivas obras, deberán presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) la documentación y traza definitiva de los electroductos del proyecto ejecutivo, debidamente aprobados por la Autoridad Ambiental competente, a efectos de analizar el cumplimiento de los parámetros establecidos en las Resoluciones SE N° 15/1992 y 77/1998. Las obras no podrán iniciarse sin la previa aprobación de este organismo.

5.- Cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de esta resolución, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) otorgará al Contratista del Contrato COM una Concesión de Transporte de Energía Eléctrica de Interconexión Internacional que quedará sujeta ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6.- El comitente del Contrato COM deberá presentar TRES (3) o más firmas calificadas, públicas o privadas independientes del grupo solicitante, a consideración del ENRE, a efectos de realizar la supervisión de la construcción de la LAT 132 kV Nodo Frontera (Bolivia–Argentina)–ET Tartagal, con el fin de resguardar el interés de los usuarios y de los distintos agentes del MEM, atento a que la instalación de Transporte de Energía Eléctrica de Interconexión Internacional se vinculará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) y a fin de lograr unicidad de criterios en cuanto a la calidad y seguridad de todas las instalaciones de transporte de energía eléctrica involucradas.

7.- Téngase presente las observaciones efectuadas por CAMMESA para su oportuno cumplimiento.

8.- Notifíquese a la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA (ENDE CORPORACIÓN); a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.); a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA, a la SECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN y al ENRE REGULADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA.

8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 07/09/2018 N° 65820/18 v. 07/09/2018