MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Decisión Administrativa 1638/2018
DA-2018-1638-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-31223993-APN-MM, la Ley N° 27.431, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y 174 del 2 de marzo de
2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 315 del
13 de marzo de 2018 y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al entonces
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N° 315/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de
Director Nacional de Planificación y Coordinación de Políticas
Universitarias de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del
referido ex Ministerio, actualmente dependiente del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa
N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del
cargo a cubrir transitoriamente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo
2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de
mayo de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, al abogado Marcos
Arístides DUARTE (D.N.I. Nº 24.367.293), en el cargo de Director
Nacional de Planificación y Coordinación de Políticas Universitarias
dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del entonces
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Nivel A, Grado 0, autorizándose el pago del
Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha del dictado de la presente decisión
administrativa.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto de la Jurisdicción 70.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro
e. 26/09/2018 N° 71551/18 v. 26/09/2018