SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Decisión Administrativa 1669/2018
DA-2018-1669-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 08/10/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-39040643-APN-MM, la Ley N° 27.431, los
Decretos Nros. 2098 del 3 diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017, 174 del 2 de marzo de 2018
y sus modificatorios y 801 del 5 de septiembre de 2018, las Decisiones
Administrativas Nros. 298 del 9 de marzo de 2018 y su modificatoria y
338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, lo propuesto por la
SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al entonces
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por la Decisión Administrativa N° 298/18 y su modificatoria se
aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel
operativo del citado ex Ministerio
Que mediante Decreto N° 801/18, se sustituyó la denominación del
entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL por la de MINISTERIO DE SALUD
Y DESARROLLO SOCIAL, debiendo considerarse modificada por tal
denominación cada vez que se hace referencia a la Cartera Ministerial
citada en primer término.
Que la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible
proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director Nacional de
Políticas Destinadas a la Primera Infancia dependiente de la
SUBSCRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención que le compete de conformidad con lo establecido en el
artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su
complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a cubrir
transitoriamente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
el artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de
agosto de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la
señora Sofía Luján ZADARA (D.N.I. N° 31.153.500) en el cargo de
Directora Nacional de Políticas Destinadas a la Primera Infancia
dependiente de la SUBSCRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA de la SECRETARÍA
NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del entonces MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, actual MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL,
Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos
II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 85.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley
e. 09/10/2018 N° 75551/18 v. 09/10/2018