JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
Resolución 23/2018
RESOL-2018-23-APN-SECEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018
VISTO el expediente EX-2018-48710878-APN-ONEP#JGM, los Decretos Nros.
561 de fecha 6 de abril de 2016, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y 733
de fecha 8 de agosto de 2018, la Resolución N° 321 de fecha 12 de
septiembre de 2012 de la ex Secretaria de Gabinete y Coordinación
Administrativa (SGyCA) de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las
Resoluciones Nros. 3 de fecha 21 de abril de 2016, 19 de fecha 21 de
abril de 2016 y 22 de fecha 7 de octubre de 2016 de la Secretaria de
Modernización Administrativa del ex Ministerio de Modernización; y la
Disposición N° 25/2012 de la ex Subsecretaría de Gestión y Empleo
Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
CONSIDERANDO
Que por Resolución de la entonces Secretaria de Gabinete y Coordinación
Administrativa Nº 321/2012 de la Jefatura de Gabinete de Ministros se
estableció el Régimen de Valoración para la Promoción del Tramo
Escalafonario del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público,
incorporándolo como Anexo X de la Resolución N° 98/2009 de la ex SGP.
Que de conformidad con los artículos 12 y 16 del citado Anexo se
estableció la obligación de los titulares de las unidades organizativas
a cargo de las acciones de personal con rango no inferior a Director, o
en su defecto del funcionario de este rango del que dependa la referida
unidad organizativa, de informar a la entonces Subsecretaria de Gestión
y Empleo Público los datos de los trabajadores que estuvieran en
condiciones de promover de tramo a la entrada en vigencia de la misma y
la de aquellos que se hubieran postulado para ello.
Que por Disposición N° 25/2012 de la ex Subsecretaria de Gestión y
Empleo Público de Jefatura de Gabinete de Ministros se dispusieron la
modalidad y características de los datos a suministrar y certificar.
Que mediante el artículo 3º de dicha disposición se estableció que los
datos sobre postulaciones y promociones deberían ser suministrados a
través del aplicativo que se encontraría a disposición en el sitio
www.sgp.gov.ar/sinep utilizando los formatos y códigos que se
establecieran en el citado aplicativo mediante correo electrónico
firmado, disponiendo asimismo que en caso de detectarse situaciones no
contempladas debería solicitarse previamente la incorporación o
codificación de los datos.
Que asimismo se estableció que en el supuesto de que el órgano
responsable no pudiera remitir correo electrónico firmado debía remitir
la información en forma impresa con su correspondiente soporte
magnético y que la remisión de la información implicaba certificación
de los datos enviados; sin perjuicio de lo cual, en caso de requerirse
se deberían acompañar las copias auténticas del acto administrativo o
documentación respaldatoria correspondiente.
Que el mismo artículo 3º de la citada Disposición estableció que dentro
de los CINCO (5) días hábiles de recibida la información la ex
Subsecretaria de Gestión y Empleo Público remitiría la correspondiente
constancia de recepción.
Que por Decreto N° 561/2016 se aprobó la implementación del sistema de
Gestión Documental Electrónica —GDE— como sistema integrado de
caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de
todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional; y se
estableció que las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo
8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional deberán
utilizar el sistema GDE para la totalidad de las actuaciones
administrativas de acuerdo a los cronogramas que fijara la Secretaría
de Modernización Administrativa.
Que por Resolución N° 3/2016 de la Secretaria de Modernización
Administrativa del entonces Ministerio de Modernización se aprobó la
implementación del módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO” (EE); y de los
módulos “COMUNICACIONES OFICIALES”, como medio de creación,
comunicación y archivo de notas y memorandos y “GENERADOR DE DOCUMENTOS
ELECTRÓNICOS OFICIALES (GEDO)” como medio de creación, registro y
archivo de documentos.
Que por Resolución N° 22/2016 de la Secretaria de Modernización
Administrativa del ex Ministerio de Modernización se aprobó la
implementación del módulo “LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO” (LUE) del sistema
de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), como único medio de creación,
registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentación y datos
correspondientes a las personas que prestan servicios en virtud de
cualquier modalidad en el ámbito establecido en el artículo 8 de la Ley
N° 24.156; e instruyó a todos los organismos a utilizar dicho módulo
como único medio de creación, guarda y archivo de todos los documentos
electrónicos de los agentes que se desempeñan en su ámbito.
Que por Resolución N° 19/2016 de la Secretaria de Modernización
Administrativa del ex Ministerio de Modernización se actualizó el
Nomenclador de Trámites del sistema de Gestión Documental Electrónica -
GDE, estableciéndose que los procedimientos de promoción de tramo
escalafonario deben tramitarse por el módulo EXPEDIENTE ELECTRÓNICO
(EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que por Decreto N° 733/2018 se estableció que la totalidad de los
documentos, comunicaciones, expedientes, actuaciones, legajos,
notificaciones, actos administrativos y procedimientos en general,
deberán instrumentarse en el sistema de Gestión Documental Electrónica
– GDE, permitiendo su acceso y tramitación digital completa, remota,
simple, automática e instantánea, excepto cuando no fuere técnicamente
posible, en las entidades y jurisdicciones enumeradas en el inciso a)
del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional a partir del 15 de
agosto de 2018.
Que se encuentran disponibles en el sistema GDE los Formularios de
Postulación a tramo escalafonario “FOTRE”; los Formularios de
Valoración de Tramo Escalafonario que se corresponden a las distintas
modalidades “FOMTR”; “FODMI”; “FOPIV”; “FOPDD”; “FOTDP”; “FOEJP”;
“FOPTS”; “FOPTG”; “FOTTP”; “FOIHA”; y “FOSHM”; los “Formularios de
Acreditación de Desempeño Eficaz” (NOAPT); los “Formularios de
Certificación de Recursos Humanos “FOCEH”; y los Formularios SINEP
“FOPTO” y “FOTPI”
Que en razón de la implementación de los citados formularios GDE, la
información que se incorpore mediante ellos resulta accesible sin otro
trámite a esta Secretaria de Empleo Público, por lo que resulta
innecesario que la información sea remitida por aplicativo en los
términos previstos en la Disposición N° 25/2012 de la entonces
Subsecretaria de Gestión y Empleo Público de Jefatura de Gabinete de
Ministros
Que ello así, resulta conveniente dejar sin efecto lo dispuesto en el
artículo 3º de la Disposición N° 25/2012 de la entonces Subsecretaria
de Gestión y Empleo Público de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente de la Secretaria de Gobierno de Modernización.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 174/2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Déjase sin efecto lo dispuesto en el artículo 3º de la
Disposición N° 25/2012 de la ex Subsecretaría de Gestión y Empleo
Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros para los expedientes
que tramiten en sistema GDE, gestionados en los términos del Decreto N°
733/2018 a través de los formularios “FOTRE” de Postulación a Tramo
Escalafonario; “FOMTR”; “FODMI”; “FOPIV”; “FOPDD”; “FOTDP”; “FOEJP”;
“FOPTS”; “FOPTG”; “FOTTP”; “FOIHA”; y “FOSHM” de Valoración de Tramo
Escalafonario; “NOAPT” de Acreditación de Desempeño Eficaz; “FOCEH” de
Certificación de Recursos Humanos para Tramo; y los Formularios SiNEP
de Tramo Escalafonario “FOPTO” y “FOTPI”.
ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente será de aplicación
a los tramites que correspondan a las postulaciones del año 2018 y
siguientes.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo Martin Legorburu
e. 12/10/2018 N° 76607/18 v. 12/10/2018