MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución 951/2018
RESOL-2018-951-APN-MHA
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2018
Visto el expediente EX-2018-57355536-APN-DGDOMEN#MHA, la ley 27.328 y
los decretos 118 el 17 de febrero de 2017, 174 del 2 de marzo de 2018 y
987 del 01 de noviembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley 27.328 se implementa un régimen relativo a los
contratos de participación público privada con el fin de desarrollar
proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y
servicios, inversión productiva, investigación aplicada e innovación
tecnológica.
Que en su reglamentación -aprobada mediante el anexo I al decreto 118
del 17 de febrero de 2017 y modificada por el decreto 987 del 1° de
noviembre de 2018-, se establece que pueden ser Autoridades Convocantes
en el ámbito de la Administración Pública Nacional respecto de esos
contratos, el Jefe de Gabinete de Ministros, el Secretario General de
la Presidencia de la Nación o el Ministro a cuya jurisdicción
corresponda el proyecto, o el Secretario de Gobierno a quien alguno de
éstos le delegue el ejercicio de las funciones inherentes a tal
carácter.
Que es competencia de la Secretaría de Gobierno de Energía de esta
cartera entender en la elaboración y en la ejecución de la política
energética nacional.
Que resulta procedente entonces delegar en esa secretaría de gobierno
el ejercicio de las funciones relativa a la condición de Autoridad
Convocante bajo la referida modalidad de contratación, para los
proyectos de obras de ampliación del Sistema de Transporte de Energía
Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente del Ministerio de Hacienda.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el anexo I al decreto 118 del 17 de febrero de 2017.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en la Secretaría de Gobierno de Energía de este
ministerio las facultades relativas al carácter de Autoridad Convocante
de los proyectos de obras de ampliación del Sistema de Transporte de
Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, en los
términos de la ley 27.328 y su decreto reglamentario 118 del 17 de
febrero de 2017.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne
e. 22/11/2018 N° 88790/18 v. 22/11/2018