MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría de Asuntos Registrales

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

Disposición N°  162

Bs. As., 12/11/92

VISTO las Disposiciones N° 23/91 y 73/91, y

CONSIDERANDO:

Que por dichas normas se habían actualizado en un 29% promedio los valores fijados por la Disposición N° 78/90, para las contribuciones especiales y otros servicios, conforme los establecido por la ley 17.050 y su Convenio Anexo y la Ley 23.412, fijándose asimismo nuevos valores para las categorías alternativas de trámites de despacho de certificados e informes.

Que habiendo ponderado esta Dirección General las actuales circunstancias en función de las necesidades del servicio, deberá remitir la presente al señor Secretario de Asuntos Registrales para su aprobación y al Colegio de Escribanos de la Capital Federal, en su carácter de administrador de los fondos de la ley 17.050, respecto de la modificación propuesta de tales valores, en un porcentual promedio del 26%.

Que el Colegio de Escribanos de la Capital podrá solventar de manera más adecuada a las reales exigencias, a fin de evitar fracciones de centavos no capturables por el sistema timbrador.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

DISPONE:

Artículo 1°.-A partir del 23 de noviembre próximo, actualizanse en un 26% promedio los valores fijados por las Disposiciones N° 23 y 73, ambas del año 1991, para las contribuciones especiales y otros servicios, conforme lo establecido por la ley 17.050 y su Convenio Anexo y la ley 23.412, según lo que resulta del detalle que, en carácter de Anexo, forma parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Las escrituras públicas autorizadas con anterioridad a la fecha de aplicación del presente ajuste, deberán oblar dichas contribuciones hasta el 7 de diciembre del año en curso, inclusive, según los valores determinados por la Disposición N° 23/91 y su complementaria N° 73/91.

Art. 3°.- Comuníquese al señor Secretario de Asuntos Registrales, recabando la pertinente aprobación en la forma de estilo, y al Colegio de Escribanos de la Capital, en su carácter de administrador de los fondos de la ley 17.050. Notifíquese a todas las Jefaturas de Departamento. Una vez cumplimentada su aprobación , hágase saber a los Colegios profesionales interesados. Tómese nota de lo dispuesto. Cumplido, archívese.- Dr. Isaac R. Molina, Director General, Registro de la Propiedad Inmueble. Susana P. Campana, Directora de Despacho.

ANEXO DISPOSICION 162/92

VALORES PARA LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES Y OTROS SERVICIOS

A) CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE LOS ESCRIBANOS PUBLICOS USUARIOS DEL REGISTRO:

1. Solicitud de certificación de dominio con reserva de prioridad $13.00
2. Solicitud de certificación de inhibición $10.00
3. Anexo certificación de inhibición $3.00
4. Anexo certificación de dominio $S/V
5. Minuta de Inscripción $30.00
6. Minuta de Inscripción Reglam. de Copropiedad y Administración (ley 13.512) y afectación ley 19.724 $30.00
7. Anexo de Reglamento (además del monto indicado en el punto 6) oblará:

 De 1 a 15 unidades
$50.00
De 16 a 50 unidades
$56.00
De 51 a 100 unidades
$100.00
Más de 100 unidades
$250.00
8. Minuta para cancelación de derechos reales, aceptaciones ulteriores, testimonios, rectificación y aclaratoria
$6.00
9. Anexo de Minuta de Inscripción y otros
$3.00
10. Consulta de Documentación Registral (Res. 148/88)
$3.00
11. Fotocopia de Documentación Registral, copia de planos, cada una
$3.00
12. Reproducción de Microfilms, cada fotorama
$3.00

B) FORMULARIOS Y ELEMENTOS PARA USUARIOS (Excluidos los Escribanos Públicos):


13. Solicitud de Informes (formulario N°1)
$10.00
14. Solicitud de Informes (formulario N° 2)
$10.00
15. Solictud de Informres sobre Indices (formulario N° 3)
$26.00
16. Solicitud de Informes sobre Indices (formulario N° 4)
$6.00
17 Solicitud de Informes Disposición N°51/90 (formulario N° 5)
$13.00
18. Minuta de Inscripción
$16.00
19. Anexo Minuta de Inscripción y otros
$3.00
20. Fotocopia de Documentación Registral, copia de planos, cada una
$3.00
21. Reproducción de Microfilms, cada fotorama
$3.00

C) TASA ADICIONAL POR SERVICIOS DE TRAMITE PREFERENCIAL, QUE OBLARA POR CADA INMUEBLE, AUTORIZADOS ESPECIALMENTE POR LA DIRECCION GENERAL SOBRE LA BASE DEL SERVICIO, SIEMPRE QUE LA SOLICITUD SEA PRESENTADA DENTRO DE LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES VIGENTES (Servicios para los usuarios de los rubros A) y B))

22. Solicitud de Informe o Certificado de Dominio o Inhibición con despacho en el día (exclido formulario N°4)
$16.00
23. Solicitud de Inscripción o Anotación
$56.00
24. Solicitud de Inscripción de Reglamento de Copropiedad y Administración (ley 13.512) y afectación ley 19.724: Por cada 5 unidades que contenta el Reglamento
$43.00
25. Consulta de Documentación Registral (Tomo, Carpeta, Folio Real)
$3.00

D) OTROS SERVICIOS

26. Por cada año de locación de casillero
$33.00
27. Rubricación de Libros de Copropiedad y Administración, cada uno
$20.00
28. Autenticidad de Pagarés Hipotecarios:

De 1 a 100 unidades
$3.00
De 101 a 500 unidades
$6.00
Más de 500 unidades
$10.00
29. Minuta para Matriculación R. M. N° 2283/85
$S/V
30. Actuación por cada Expediente de Secretaría (Se exceptúan los reclamos por fallas o demora en el trámite registral)
$6.00
31. Hora de Máquina dedicada
$150.00
32. Unidad de Recursos de Máquina (U.R.M.)
$85.00
33. Hora de Analista
$15.00
34. Hora de Programador
$12.00

E) VALOR DE LOS FORMULARIOS:

35. Los formularios a utilizarse para la realización de los tráites, sin perjuicio de la tasa que corresponda, serán expedidos cada uno, a un costo de
$0.20

F) CONTRIBUCION LEY 23.412:

36. Carpeta de Presentación
$3.00
37. Sin perjuicio de la tasa de $3.00, las carpetas serán expedidas, cada una, a un costo de
$0.20
38. Recibo Presentación Certificados e Informes
$3.00