ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Decisión Administrativa 37/2019
DA-2019-37-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-46385815-APN-DRRHHYO#ANMAT, la Ley Nº
27.467, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009, 1271 del 29
de agosto del 2013 y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras
cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de
planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior
a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de
conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe
de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que a través del Decreto Nº 1271/13 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo
descentralizado que actúa en la órbita de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
SERVICIOS E INSTITUTOS de la Secretaría de Gobierno de Salud del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Que en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) deviene necesario, por razones de
servicio, cubrir transitoriamente el cargo de Director Nacional del
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS (INAME).
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA
MÉDICA (ANMAT) cuenta con el crédito presupuestario necesario para
proceder a la cobertura transitoria del mencionado cargo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
emergentes del artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del
artículo 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del 1° de septiembre de 2018 en la
Planta Permanente con carácter transitorio y por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente
decisión administrativa, al doctor Jaime LAZOVSKI (D.N.I. N°
16.802.087), en el cargo de Director Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE
MEDICAMENTOS (INAME) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E
INSTITUTOS de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, Categoría Profesional Superior, Grado
inicial del Agrupamiento de Investigación, Diagnóstico Referencial,
Producción y Fiscalización/Control, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS
HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN Y
PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 1133/09, con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos exigidos por el
artículo 26 de la referida norma.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida, deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en el artículo 37 y en el Título II, Capítulo II y Título IV del
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS
ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE
INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL, homologado por el Decreto N° 1133/09, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio, Jurisdicción 85-02,
SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD – MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO
SOCIAL - Entidad 904 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley
e. 25/01/2019 N° 4431/19 v. 25/01/2019