SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 459/2018
RESOL-2018-459-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018
VISTO el Expediente Nº 1.723.510/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (A.M.A.P.) y la
ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (A.D.E.C.R.A.), el que luce a fojas 2 del
Expediente Nº 1.748.857/16 agregado como foja 111 a los autos
principales y ratificado a fojas 6 y 7 de las mismas actuaciones.
Que bajo dicho acuerdo las partes convienen otorgar un bono de fin de
año, de naturaleza no remunerativa, de pago único y excepcional, el
cual se abonará a todos los médicos comprendidos en el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 619/11, en los términos y conforme los
lineamientos establecidos en el texto.
Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la
estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que conforme antecedentes citados, las partes se encuentran
conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el
presente acto.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (A.M.A.P.) y la
ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (A.D.E.C.R.A.), el que luce a fojas 2 del
Expediente Nº 1.748.857/16 agregado como foja 111 a los autos
principales, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2 del
Expediente Nº 1.748.857/16 agregado como foja 111 a los autos
principales.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 619/11.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/01/2019 N° 4311/19 v. 28/01/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)