AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 80/2019
DI-2019-80-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-12569343-APN-DGA#ANSV del Registro de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las
Leyes Nros. 25.164, 26.363 y 27.467, los Decretos Nros. 1787 del 5 de
noviembre de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 8 del 4 de enero de 2016, 93 del 30 de enero de 2018
y 1035 del 8 de noviembre de 2018 y la Decisión Administrativa
DA-2018-1169-APN-JGM, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se
homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal de
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL,
organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO
DEL INTERIOR, y mediante el Decreto N° 8/16 se la incorporó a la órbita
del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el Decreto N° 1787/08, se aprobó la estructura organizativa de
la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL hasta su segundo nivel de
apertura.
Que por la Decisión Administrativa DA-2018-1169-APN-JGM, se ha
designado transitoriamente a la Dra. Daniela Fernanda ORTIZ (DNI
27.222.447) en el cargo de DIRECTORA NACIONAL DE COORDINACION
INTERJURISDICCIONAL de este organismo (Nivel A, Grado 0, Función
Ejecutiva II del SINEP).
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación
transitoria aludida, atento no haberse podido dar cumplimiento al
proceso de selección establecido el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, para asegurar el normal funcionamiento de las
exigencias de servicio.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL ha corroborado que la Dra. Daniela Fernanda ORTIZ se
encuentra desempeñando el cargo referido desde la fecha consignada en
su designación, y que no se encuentra comprendida en la limitación
establecida por el artículo 1º del Decreto Nº 93/18 y no se halla
incursa en los impedimentos establecidos en el Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, de conformidad con el
Decreto Nº 1421/02.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 1035/18 se facultó a las
autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el
Presidente de la Nación o Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas
condiciones de la designación aludida en la presente medida.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el
Ejercicio Financiero 2019 para solventar la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES
Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 3º del Decreto N° 1035 del 8 de noviembre de
2018.
Por ello,
EL SR. DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del día 1° de marzo de 2019
con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, la
designación transitoria de la Dra. Daniela Fernanda ORTIZ (DNI
27.222.447) en el cargo de DIRECTORA NACIONAL DE COORDINACION
INTERJURISDICCIONAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE
(Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SINEP), en las mismas
condiciones que la designación aprobada por la Decisión Administrativa
DA-2018-1169-APN-JGM, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente
pago de la función ejecutiva Nivel II del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo consignado en el artículo 1º deberá ser cubierto
conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE –
O.D. 203 – AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los cinco (5) días de
dictada la presente medida, de acuerdo a lo previsto por el artículo 3º
del Decreto Nº 1035/18.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Alberto Perez
e. 20/03/2019 N° 17620/19 v. 20/03/2019