INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 75/2019
RESFC-2019-75-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2019
VISTO el EX-2019-03000912-APN-CAJ#INCUCAI, las Leyes Nros. 27.447 de
Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y 25.392 de creación del
Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas
(CPH) y los Decretos Reglamentarios Nros. 267/2003 y 16/2019; y
CONSIDERANDO
Que el INCUCAI, en el marco de las normas citadas, se constituye en la
autoridad de aplicación del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES de CPH, y de
aquellas prácticas vinculadas a la obtención y utilización de células
en todo el territorio nacional.
Que en cumplimiento de las funciones dispuestas, a través del Módulo 6
del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), se lleva el registro de los donantes de
CPH y de los trasplantes realizados en el ámbito nacional.
Que dicho Módulo del SINTRA, ha sido oportunamente ampliado con la
finalidad de incorporar información destinada a detectar aquellos
obstáculos que se presentan para acceder al trasplante, creando un
registro de solicitudes de trasplante de CPH.
Que en la actualidad resulta pertinente crear un nuevo perfil en el
citado Módulo 6, con el objeto que los pacientes puedan consultar el
trámite correspondiente a sus solicitudes/trasplantes, garantizando su
derecho a la información durante todo el proceso relativo a su
tratamiento, brindando de esta manera respuesta a parte de sus
necesidades.
Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN del INCUCAI
ha realizado las adecuaciones en el sistema informático para la
implementación de la presente medida.
Que el REGISTRO NACIONAL DE DONANTES de CPH y las DIRECCIONES
CIENTÍFICO TÉCNICA, DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN, DE
ASUNTOS JURÍDICOS y de RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN del
INCUCAI, han tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que se adopta ha sido aprobada por el Directorio en su
sesión ordinaria de fecha 28 de marzo de 2019, conforme surge del texto
del Acta Nº 10.
Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por las Leyes
Nros. 27.447 y 25.392 y los Decretos P.E.N. Nros. 267/2003 y 16/2019.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la ampliación del Módulo 6 del SINTRA -
REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS
(CPH), incluyendo el “Perfil del Paciente” con el objeto de que los
mismos puedan consultar la información relativa a sus solicitudes /
trasplantes.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el formulario que como ANEXO UNICO
(IF-2019-18357011-APN-DS#INCUCAI) forma parte de la presente, a los
fines de implementar la medida establecida en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones establecidas en la presente norma entrarán en vigencia el 1º de abril de 2019.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y
PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
DE LA NACIÓN, a las Autoridades Sanitarias Provinciales, a los
Organismos Provinciales de Ablación e Implante, a los Consejos Asesores
de Pacientes y de Profesionales del INCUCAI, a la Sociedad Argentina de
Trasplante y a las áreas correspondientes de este Instituto.
Notifíquese a los equipos de trasplante de CPH habilitados. Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido,
archívese. Adrian Tarditti - Jose Luis Bustos - Alberto Maceira
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2019 N° 20636/19 v. 29/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)