SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 741/2018
RESOL-2018-741-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018
VISTO el Expediente Nº 276.128/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta del Expediente N° 276.128/15, a fojas 2/4 y 5 del
Expediente N° 276.557/15 agregado a fojas 3 al principal y a fojas 2/3
del Expediente N° 276.778/15 agregado a fojas 4 al principal, obran los
Acuerdos celebrados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION
NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dichos acuerdos las precitadas partes pactaron condiciones
salariales y laborales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
57/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde
con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los
acuerdos alcanzados, se procederá a remitir a la Dirección de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia
de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los
mentados acuerdos.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la
empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado
a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, obrante a fojas 2 y 2 vta del Expediente N° 276.128/15,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la
empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado
a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 276.557/15 agregado a
fojas 3 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la
empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado
a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, obrante a fojas 5 del Expediente N° 276.557/15 agregado a
fojas 3 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 4°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la
empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado
a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 276.778/15 agregado a
fojas 4 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación
registreregistre los Acuerdos obrante a fojas 2 y 2 vta del Expediente
N° 276.128/15, a fojas 2/4 y 5 del Expediente N° 276.557/15 agregado a
fojas 3 al principal y a fojas 2/3 del Expediente N° 276.778/15
agregado a fojas 4 al principal.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo Nº 57/75.
ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2019 N° 19437/19 v. 29/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)