JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL
Decisión Administrativa 249/2019
DA-2019-249-APN-JGM - Estructura organizativa. Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019
VISTO el Expediente EX-2018-60050557-APN-DNDO#JGM, los Decretos N° 1170
de fecha 29 de diciembre de 2007; Nº 1193 de fecha 24 de agosto de
2010; Nº 2315 de fecha 20 de diciembre de 2013 y sus modificatorios, Nº
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, Nº 174 de fecha
2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y Nº 632 de fecha 6 de julio de
2018, la Resolución de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE
AVIACIÓN CIVIL N° 186 de fecha 31 de octubre de 2016 y modificatorias; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1770/07 se dispuso la transferencia de la
JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC),
dependiente del COMANDO DE REGIONES AÉREAS de la FUERZA AÉREA
ARGENTINA, con las misiones y funciones conferidas por el Código
Aeronáutico, a la órbita de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que por el Decreto N° 1193/10 se estableció que la JUNTA DE
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC) desarrollará su
acción como organismo descentralizado.
Que por el Decreto N° 2315/13 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la JUNTA DE
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por la Resolución de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE
AVIACIÓN CIVIL N° 186/16 y sus modificatorias se aprobó la estructura
organizativa de segundo nivel operativo del citado organismo.
Que los cargos pertenecientes a la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
DE AVIACIÓN CIVIL fueron incorporados al Nomenclador de Funciones
Ejecutivas en el marco del Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público (SINEP).
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido al MINISTERIO DE
TRANSPORTE, para cumplir con las responsabilidades que le son propias,
estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, por el artículo 3º del citado decreto y sus modificatorios se
establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración
Pública Nacional, entre ellos la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
DE AVIACIÓN CIVIL, en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los
Organismos descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL, deberán presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la
entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización
de su estructura organizativa.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados.
Que, en consecuencia, resulta necesario efectuar modificaciones en la
estructura organizativa de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE
AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, y homologar, reasignar y derogar diversos
cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP).
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que los Servicios Jurídicos permanentes de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE
ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL y del MINISTERIO DE TRANSPORTE han tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades
Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2018-60055623-APNDNDO#JGM)
y II (IF-2019-15873629-APN-JIAAC#MTR), forman parte integrante de la
presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura de segundo nivel operativo de la
JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de
conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos III
(IF-2018-60061952-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2018-60062783-APNDNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos
pertenecientes a la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN
CIVIL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla
Anexa al presente artículo (IF- 2018-60063729-APN-DNDO#JGM), que forma
parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas,
las que transitoriamente mantendrán las acciones vigentes.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al Presidente de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE
ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a modificar las aperturas
aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa,
previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique
incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las
correspondientes partidas presupuestarias.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 671 –
JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL - JURISDICCIÓN
57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Guillermo Javier Dietrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/04/2019 N° 21720/19 v. 03/04/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)