SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 366/2018
RESOL-2018-366-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2018
VISTO el Expediente Nº 1.749.149/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 41/45 del Expediente Nº 1.749.149/16, obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y
AFINES (F.A.T.C.A), por la parte sindical y la empresa ECO DE LOS ANDES
S.A., por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la mencionada celebración las precitadas pactaron otorgar un
incremento en los básicos salariales, y otras condiciones de trabajo,
para los trabajadores comprendidos en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo Nº 575/10, conforme surge de los términos y contenidos
establecidos en el presente texto.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresarial signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos, el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO:
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES (F.A.T.C.A),
por la parte sindical y la empresa ECO DE LOS ANDES S.A., por la parte
empresarial, que luce a fojas 41/45 del Expediente Nº 1.749.149/16
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental. Cumplido,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones de Trabajo, a
fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja
41/45 del Expediente Nº 1.749.149/16.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia del cálculo de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase
a la guarda del presente Legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 575/10.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2019 N° 22488/19 v. 08/04/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)