Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-16564961- -APN-DGDMA#MPYT del Registro
de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la creación del
PROGRAMA NACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE CARNE OVINA, en
adelante el PROGRAMA, el cual funcionará en la órbita de la SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO,
por el plazo de CUATRO (4) años a contar a partir de la fecha de la
entrada en vigencia de la presente medida.
Que la actividad ovina se encuentra desarrollada en todo el territorio nacional, siendo base de las economías regionales.
Que ante las particularidades regionales, productivas y comerciales de
la cadena de carne ovina se hace necesaria la creación de un programa
específico a los fines de posicionar a la carne como un alimento de
ingesta habitual, y fomentar su presencia en los mercados externos,
contemplando el financiamiento de las actividades o líneas de trabajo
que surjan.
Que es necesidad del consumidor argentino contar con fuentes
alternativas y/o complementarias como proveedoras de proteína animal en
el mercado interno.
Que resulta necesario que la ingesta de carne ovina trascienda el
espacio que ocupa dentro del consumo rural histórico y se posicione
como una opción de consumo habitual entre las demás carnes, generando
así el desarrollo de la cadena de valor de esta producción.
Que las excelentes propiedades de esta carne la hacen sumamente apta
para incorporar variedad a la dieta de la población, como ha sido
manifestado en multiplicidad de foros técnicos y espacios políticos.
Que la promoción tiene como objetivo brindar información precisa al
consumidor acerca de las características especiales de esta carne.
Que existe un amplio mercado internacional que demanda en forma sostenida este producto.
Que para promover el consumo de carne ovina en el mercado interno
resulta indispensable llevar a cabo acciones de comunicación, promoción
y difusión de este producto, así como también capacitaciones, dirigidas
directamente a consumidores, operarios, grupos de productores
integrados horizontal y/o verticalmente en la cadena industrial y
comercial, comerciantes, industriales e, indirectamente, a productores
ovinos, asesores privados, gerentes comerciales y funcionarios
provinciales que conforman la cadena comercial, industrial y
agroalimentaria de la carne ovina en el ámbito de todo el territorio
nacional.
Que en este marco, la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, sus dependencias y organismos
descentralizados, y demás actores vinculados a la producción ovina,
llevarán a cabo acciones conjuntas con el propósito de articular las
actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos previstos en el
PROGRAMA.
Que para generar el impacto positivo esperado por el PROGRAMA, se
requieren acciones concretas, permanentes y sostenidas en el tiempo,
estimándose el plazo mínimo necesario en CUATRO (4) años.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus
modificatorios y complementarios y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y por el plazo de
CUATRO (4) años a contar a partir de la entrada en vigencia de la
presente medida, el PROGRAMA NACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE
CARNE OVINA, en adelante el PROGRAMA, el cual se orientará conforme a
los lineamientos y ejes de trabajo establecidos en el Anexo que,
registrado con el Nº IF-2019-17831557-APN-SSG#MPYT, forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA
creado mediante el Artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que el Responsable Técnico del PROGRAMA será
el titular de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA dependiente de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
ARTÍCULO 4º.- Facúltese a la Autoridad de Aplicación a implementar,
articular y/o suscribir Convenios con otros organismos públicos o
privados, nacionales o extranjeros, provinciales o municipales o de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o reparticiones dependientes de
ellos, y entidades representativas del sector a lo largo del territorio
nacional, para llevar a cabo los objetivos previstos en el presente
programa.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que la presente medida no implicará la creación de nuevas estructuras.
ARTÍCULO 6º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/04/2019 N° 23894/19 v. 10/04/2019
PROGRAMA NACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE CARNE OVINA
I) OBJETIVOS
El PROGRAMA está orientado a promover el incremento del consumo de
carne ovina para posicionarla como un alimento de ingesta habitual en
el mercado interno, y fomentar su presencia en mercados externos.
II) DESTINATARIOS
La implementación del PROGRAMA alcanzará directamente a consumidores,
operarios, grupos de productores integrados horizontal y/o
verticalmente en la cadena industrial y comercial, comerciantes,
industriales e, indirectamente, a productores ovinos, asesores
privados, gerentes comerciales y funcionarios provinciales que
conforman la cadena comercial, industrial y agroalimentaria de la carne
ovina en el ámbito de todo el territorio nacional.
III) ACCIONES
El presente PROGRAMA desarrollará las siguientes acciones:
1) Promoción:
- Consolidar una imagen de producto a nivel nacional con el que se
identifique a la carne ovina y se la diferencie del resto de las carnes.
- Difundir la imagen del producto y promocionar el consumo de carne
ovina a través de campañas de comunicación pública y privada,
participación en eventos, etcétera, que permitan el reconocimiento del
público y el aumento del consumo.
2) Material Técnico:
- Elaborar recursos materiales técnicos, consensuados entre el sector
público y privado, que enriquezcan y fortalezcan las actividades que se
desarrollen en el marco de la promoción de la carne ovina.
3) Capacitaciones:
- Realizar ciclos de capacitación y generar espacios de formación
dirigidos a los destinatarios del PROGRAMA, para poner en práctica el
material técnico desarrollado, logrando adecuar el producto al
requerimiento de los mercados.
4) Vínculos institucionales:
- Coordinar acciones entre las áreas de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, sus organismos
descentralizados, y demás organismos vinculados con la temática, con el
propósito de articular actividades conjuntas de promoción de carne
ovina.
IV) EJES DE TRABAJO:
1) IMAGEN DEL PRODUCTO: CARNE OVINA
- Marca que la identifique, le otorgue notoriedad y destaque sus
características y virtudes diferenciales, teniendo en cuenta las nuevas
exigencias de los consumidores.
- Sello de Calidad que le garantice al consumidor un alimento seguro e inocuo.
- Catálogo de cortes ovinos, basado en el Nomenclador Técnico Oficial
de Cortes Ovinos y Menudencias Ovinas, que responda a los
requerimientos actuales de los consumidores.
2) COMUNICACIÓN, DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN
- Acciones de comunicación: uso de medios audiovisuales y redes sociales para un mejor posicionamiento de la carne ovina.
- Acciones de difusión: participación en eventos y jornadas del sector
comercial y gastronómico para fortalecer la presencia de la carne ovina.
- Acciones de promoción: realizar actividades en las principales
ciudades del país para demostrar su versatilidad y las posibilidades de
desestacionalizar el producto.
3) CAPACITACIÓN
- Cursos teórico-prácticos de desposte dirigidos a operarios de la
cadena (carniceros, cámaras, súper e hipermercados, distribuidores,
despostadores) en base al Nomenclador Técnico Oficial de Cortes Ovinos
y Menudencias Ovinas, para incorporar a la práctica los nuevos cortes y
formas de presentación.
- Formación de profesionales y estudiantes de gastronomía en la
elaboración de platos innovadores y de fácil preparación que incluyan
los nuevos cortes.
- Jornadas de información nutricional para profesionales de la salud
con la finalidad de difundir las características de la carne ovina.
V) RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROGRAMA. FUNCIONES:
El Responsable Técnico tendrá las siguientes funciones:
- Planificar y ejecutar las actividades del PROGRAMA mediante la
elaboración de proyectos de alcance nacional, regional o provincial
destinados al cumplimiento de los objetivos previstos.
- Asesorar técnicamente a los actores de la cadena de la carne.
- Difundir los beneficios que ofrece el PROGRAMA y los lineamientos de
la Autoridad de Aplicación en cuanto a políticas de fortalecimiento de
la cadena de la carne ovina.
- Coordinar, cuando corresponda, las acciones, estrategias y objetivos
del PROGRAMA con otros organismos o instituciones públicas y/o privadas.
- Informar a la Autoridad de Aplicación sobre la ejecución, avances y resultados del PROGRAMA.
VI) PRESUPUESTO
El presupuesto con que cuenta el PROGRAMA se integrará con aportes que
reciba en el marco del Artículo 19 de la Ley N° 25.422 o la normativa
que en un futuro la sustituya, aportes de organismos públicos y/o
privados, internacionales, nacionales, provinciales y municipales,
aportes de personas físicas, jurídicas y entidades representativas del
sector ovino, y donaciones.
IF-2019-17831557-APN-SSG#MPYT