MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Resolución 808/2018
RESOL-2018-808-APN-MI
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-43887722- -APN-ORSEP#MI del registro del
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio, las Leyes Nros.
22.460 y sus modificatorias y 18.875 y sus modificatorias, y el Decreto
N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 de la Ley de Servicios de Consultoría N° 22.460 y
sus modificatorias establece que se podrá contratar con firmas o
consultores extranjeros únicamente en los casos y en las condiciones
previstas por el régimen de la Ley N° 18.875 y sus modificatorias.
Que, a su vez, el artículo 16 de la citada Ley N° 18.875 y sus
modificatorias dispone que se podrá contratar con firmas o
profesionales extranjeros únicamente en casos excepcionales, aprobados
previamente por resolución del Ministerio competente, que sólo podrá
fundarse en la falta de capacidad técnica local en el asunto del
servicio o de la consulta, e imposible de suplir por vía de
subcontratación, debiendo darse a publicidad el dictamen técnico
correspondiente.
Que el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio, ha expresado la
necesidad de contratar un servicio de consultoría a fines de realizar
un Análisis de Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la
provincia de Santiago del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la
provincia de Tucumán, y en el Dictamen Técnico agregado como
IF-2018-42829871-APN-CT#ORSEP expuso la necesidad de extender el
procedimiento de selección a firmas o profesionales extranjeros, ya que
debido a la complejidad y especificidad técnica, no existen proveedores
en el ámbito nacional que puedan realizar el análisis de riesgo con las
características que permitan satisfacer adecuadamente el objeto y los
fines del servicio de consultoría a ser contratado.
Que asimismo, en el dictamen citado en el considerando precedente, el
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) ha hecho énfasis en
que resulta imperante la necesidad de realizar el Análisis de Riesgo
descripto para mejorar las prácticas regulatorias, realizando un
diagnóstico global, evaluar el impacto y la eficiencia de posibles
medidas de reducción de riesgos e incluso comparar de forma homogénea
la eficacia y eficiencia de medidas de reducción de riesgos en
diferentes presas, como así también generar capacidad técnica local a
través de capacitaciones para realizar análisis de riesgos sobre otras
presas y sistemas.
Que en el Anexo III del Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se
establece al ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) como
organismo descentralizado en la órbita de este Ministerio y, a su vez,
dispone en su Anexo II entre los objetivos de la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio la de supervisar,
coordinar y ejercer el contralor del accionar del ORGANISMO REGULADOR
DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP).
Que con fecha 6 de septiembre de 2018 se publicó el Dictamen Técnico
agregado como IF-2018-42829871-APN-CT#ORSEP en el Boletín Oficial de la
República Argentina, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la
Ley Nº 18.875 y sus modificatorias, siendo en consecuencia necesario
aprobar, con carácter excepcional, la procedencia de la contratación de
firmas o profesionales extranjeros a los fines de que presten el
servicio de Análisis de Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la
provincia de Santiago del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la
provincia de Tucumán, atento a existir la circunstancia prevista en la
normativa que resulta aplicable que habilita a proceder de esta manera .
Que la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 10 de la Ley de Servicios de Consultoría N°
22.460 y sus modificatorias y por el artículo 16 de la Ley Nº 18.875. y
sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase, con carácter excepcional, la procedencia de la
contratación por parte del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS
(ORSEP), organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de firmas o profesionales
extranjeros a los fines de que presten el servicio de Análisis de
Riesgo sobre las presas Río Hondo situada en la provincia de Santiago
del Estero y Escaba y Batiruana situadas en la provincia de Tucumán, en
el marco de lo previsto en artículo 10 de la Ley de Servicios de
Consultoría N° 22.460 y sus modificatorias y en el artículo 16 de la
Ley Nº 18.875. y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rogelio Frigerio.
e. 20/05/2019 N° 34257/19 v. 20/05/2019