MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 906/2019
RESOL-2019-906-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-11981461-APN-DD#MSYDS, la Ley Nro.
17.102 y Decreto Reglamentario Nº 8248/1968; el Decreto Nro. 2376/2015,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.102 prevé, en su artículo 4°, la constitución de los
SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.AM.I.C.) con
carácter condicional durante un período inicial no mayor a TRES (3)
años y cumplido ese lapso experimental el Poder Ejecutivo Nacional
resolverá la condición jurídica que en definitiva corresponda
atribuirle.
Que en cumplimiento del referido artículo se formalizó el 13 de octubre
de 2015 el Convenio de Creación del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD
“CUENCA ALTA” SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD
(S.AM.I.C.), suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, el
MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el MUNICIPIO DE
CAÑUELAS, el que fue aprobado por Decreto Nacional N° 2376 de fecha 9
de noviembre de 2015.
Que el Convenio referido en el considerando precedente no fue aprobado
por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires hasta la
presente fecha.
Que el Hospital se encuentra en pleno desarrollo, perfilando su enfoque
prestacional hacia las áreas con cobertura deficitaria de salud como lo
son el embarazo y parto de alto riesgo y la atención del
politraumatizado.
Que ha habilitado en forma progresiva las áreas de maternidad,
neonatología, cirugía, terapia intermedia y terapia intensiva de
adultos, oftalmología, traumatología, consultorios externos y los
servicios de apoyo como laboratorio, hemoterapia, radiología y
diagnóstico por imágenes, con un incremento progresivo de egresos por
internación y consultas programadas.
Que incluye en su estructura un laboratorio de alta complejidad en toxicología con proyección nacional.
Que el MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES no ha
efectuado hasta el presente el aporte del 30% del presupuesto anual
aprobado para el HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “CUENCA ALTA” SERVICIO DE
ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.AM.I.C.).
Que tal carencia de aporte financiero viene provocando periódicamente
la asistencia adicional de fondos por parte de esta jurisdicción
nacional para que el establecimiento pueda mantenerse en funcionamiento
sin resentir su capacidad de atención a la población.
Que por Resolución RES-2018-1845-APN-MS se anticipó la suma de PESOS
SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y SIETE CON 90/00, ($63.268.467,90), equivalente al aporte del
30% del presupuesto aprobado para el año 2018 que debiera haber
aportado la Provincia de Buenos Aires, en el marco del convenio
constitutivo del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “CUENCA ALTA” SERVICIO DE
ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.AM.I.C.) y que dicho
aporte no efectuado llevo a que el Consejo de Administración del
establecimiento requiriera un salvataje financiero para no paralizar el
giro operativo del establecimiento.
Que por Res. 2019-177-APN-SGS, se aprobó el presupuesto total para el
ejercicio 2019 del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “CUENCA ALTA” SERVICIO
DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.AM.I.C.) por un monto
de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($264.282.857,00.-), y la proporción
del 70% correspondiente a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD por un
monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 90/00, ($ 184.997.999,90.-).
Que en el artículo 3º de la Resolución mencionada en el considerando
anterior se ordena transferir para el ejercicio 2019 la suma de PESOS
CUARENTA Y DOS MILLONES SESENTA Y UN MIL TREINTA Y TRES CON
90/00,($42.061.033,90.-), la que surge de detraer del 70%
correspondiente al aporte de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, los anticipos efectuados
durante 2018, situación que imposibilitaría el normal funcionamiento
del establecimiento habida cuenta los incrementos de costos por la
ampliación de los servicios que presta el presente nosocomio. Que para
no desfinanciar el establecimiento impidiendo su normal funcionamiento,
a requerimiento de esa dependencia y con la conformidad de la
SECRETARÍA DE ATENCIÓN MÉDICA SANITARIA se promueve restituir su
capacidad financiera mediante la devolución parcial de los fondos
disminuidos por la Res. 2019-177-APN-SGS, por la suma de PESOS SESENTA
Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
SIETE CON 90/00, ($63.268.467,90), equivalente al aporte del 30% del
presupuesto aprobado para el ejercicio 2018 que debiera haber recibido
de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y que al día de la fecha no ha sido
efectivizado.
Que en virtud de la disponibilidad de créditos, esta Administración se
encuentra en condiciones de autorizar la transferencia de fondos con
destino al HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “CUENCA ALTA” SERVICIO DE
ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.AM.I.C.) por la suma de
PESOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 90/00, ($63.268.467,90).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha afectado preventivamente
los créditos disponibles a los fines expuestos en los presentes
Considerandos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente se suscribe en virtud de las competencias conferidas
por la Ley Nº 17.102, el Decreto 2376/15 y el artículo 20 del Decreto
Nº 802/2018 y de lo normado por el Artículo 35, inciso b) del Anexo al
Decreto N° 1344/07, reglamentario de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la transferencia con carácter extraordinario al
HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “CUENCA ALTA” SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA
INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (S.A.M.I.C.) de la suma de pesos SESENTA Y
TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
SIETE CON 90/00, ($63.268.467,90).
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida autorizada se registrará con cargo a las partidas
presupuestarias correspondientes al presente ejercicio bajo imputación:
99-09-00-77-FF 11 - 5.7.1.Sp 3001 UG 06.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
e. 04/06/2019 N° 38796/19 v. 04/06/2019