MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 62/2019
DI-2019-62-APN-SSCRYF#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019
VISTO el Expediente EX-2019-46443663-APN-DNCH#MSYDS y las Resoluciones
del entonces Ministerio de Salud Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº
1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de octubre de
2007; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Nº 104
de fecha 24 de noviembre de 2015 y N° 13 de fecha 6 de abril de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de
2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del
sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD -COFESA-
como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano
en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como
coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por
Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades
Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y
otras Organizaciones Civiles.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre
de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos
Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud,
y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del
equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de
Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los
efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el
funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN
TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que la especialidad médica Diagnóstico por imágenes está incluida en el
listado de especialidades reconocidas por el entonces MINISTERIO DE
SALUD (Resolución N° 1814/2015).
Que mediante Disposición N° 13 de fecha 6 de abril de 2011 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la
entidad Sociedad Argentina de Radiología ha sido incorporada al
Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en
un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la
Resolución Ministerial Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007.
Que la entidad Sociedad Argentina de Radiología ha realizado la
evaluación de la residencia de Diagnóstico por imágenes de la
institución Fundación Sanatorio Güemes (Ciudad Autónoma de Buenos
Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado
que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período
de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO elaboró un Informe Técnico
de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los
Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a
los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la
categoría A.
Que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a los efectos de
orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta
residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios
para la acreditación de la residencia de Diagnóstico por imágenes de la
institución Fundación Sanatorio Güemes (Ciudad Autónoma de Buenos
Aires).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Acredítase la Residencia médica de Diagnóstico por
imágenes de la institución Fundación Sanatorio Güemes (Ciudad Autónoma
de Buenos Aires), en la especialidad Diagnóstico por imágenes en la
Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de
publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la
Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Radiología y la DIRECCIÓN
NACIONAL DE CAPITAL HUMANO y en concordancia con los Estándares
Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2º.- La Residencia Médica de Diagnóstico por imágenes de la
institución Fundación Sanatorio Güemes (Ciudad Autónoma de Buenos
Aires) deberá:
a. Reducir la carga horaria de las guardias, asegurando la distribución
homogénea entre todos los años de la residencia acorde a los estándares
Nacionales de Acreditación (Disposición N° 104/2015) y Reglamento
Básico para el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salid
(Resolución N° 1993/2015).
b. Garantizar que el desarrollo de los contenidos teórico - prácticos
de la Especialidad se encuentren dentro del marco de la Residencia y no
tengan costo adicional para los residentes, según lo establecido en los
Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N° 104/2015).
c. Incorporar todos los Contenidos Transversales en el programa de
formación del “ciclo interdisciplinario” como los contenidos de salud
pública, incluidos dentro del bloque “el profesional como sujeto activo
del sistema de salud” (Disposición N° 104/2015).
d. Asegurar el desarrollo formativo de los contenidos transversales
aplicados durante el desarrollo de las actividades de la especialidad,
además del curso del Ciclo Interdisciplinario.
e. Elaborar un cronograma de las actividades de integración teórica en
la especialidad dentro de la residencia y llevar un registro de las
mismas.
f. Sistematizar la evaluación de los residentes e incluir la
utilización instrumentos de evaluación estructurados para la
observación del desempeño de los residentes en la especialidad.
ARTÍCULO 3°.- La Residencia Médica de Diagnóstico por imágenes de la
institución Fundación Sanatorio Güemes (Ciudad Autónoma de Buenos
Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL
HUMANO el listado correspondiente a los residentes activos y de los
egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la
Acreditación.
ARTÍCULO 4º.- La nueva acreditación deberá gestionarse ante este
Ministerio SEIS (6) meses antes de su vencimiento conforme lo establece
la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta,
se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones
establecidas en el ARTÍCULO 2º para mantener o superar la categoría.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. Javier O’Donnell
e. 04/06/2019 N° 38742/19 v. 04/06/2019