Resolución 353/2019
RESOL-2019-353-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-41758520-APN-SECOT#MTR, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92), los Decretos N° 13 de
fecha 10 de diciembre de 2015, N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y Nº
47 de fecha 11 de enero de 2019, la Decisión Administrativa N° 306 de
fecha 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 47 de fecha 11 de enero de 2019, se aprobó
el modelo de Contrato de Préstamo para financiar parcialmente el
“PROGRAMA DE DESARROLLO VIAL REGIONAL IV” entre la NACION ARGENTINA y
el BANCO DE DESARROLLO DE AMÉRICA LATINA (C.A.F.) por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000.-), el cual
surge de las “Condiciones Generales” integradas por CUARENTA Y TRES
(43) Cláusulas, de las “Condiciones Particulares” integradas por
VEINTITRES (23) Cláusulas y de UN (1) Anexo Único.
Que por el artículo 4° del precitado Decreto, se designó al MINISTERIO
DE TRANSPORTE a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD como
“Organismo Ejecutor” del mentado Programa, quedando facultado para
realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la
ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en
el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprobó por el artículo 1° del
mismo.
Que con fecha 22 de febrero de 2019 se suscribió el Contrato de
Préstamo C.A.F. N° 10703 con destino al “PROGRAMA DE DESARROLLO VIAL
REGIONAL IV” entre la NACION ARGENTINA y la BANCO DE DESARROLLO DE
AMÉRICA LATINA (C.A.F.)
Que a través del Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se aprobó
el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría.
Que mediante Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de
2018, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el organigrama y las
responsabilidades primarias y acciones establecidas en sus respectivos
anexos.
Que, en la citada norma se estableció que la responsabilidad primaria
de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y
ESPECIALES, actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, es la
de entender en las acciones vinculadas a la planificación,
programación, formulación, implementación, supervisión, monitoreo y
evaluación de programas y proyectos con financiamiento de organismos
financieros internacionales de crédito, como así también, a la
ejecución de proyectos de participación público privada que
correspondan a las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE TRANSPORTE,
conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el
Gobierno Nacional.
Que la misma norma dispone que corresponde a la mencionada Dirección
entender en la administración, gestión financiera, contable y
presupuestaria de los programas y proyectos y sus eventuales
contrapartidas locales, en coordinación con las áreas correspondientes
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, garantizando el cumplimiento de los
compromisos contractuales y marco legal de aplicación.
Que a los efectos de optimizar y agilizar la consecución de los
objetivos del Programa citado, resulta necesario reordenar la
organización para la administración financiera de los recursos del
Préstamo contando para ello con el apoyo de la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SECRETARÍA DE
OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que en este orden, correspondería que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES asuma la representación del
“Organismo Ejecutor” ante el BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA
(C.A.F.), como así también la coordinación y supervisión de la
administración financiera y del uso de los recursos del préstamo,
quedando la Supervisión y Coordinación Técnica del Programa en la
órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
Que la citada DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y
ESPECIALES cuenta con los recursos y las capacidades suficientes para
atender las responsabilidades cuya asignación se propone en la medida
que se propicia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 4° inciso b) apartado 9 de la Ley de Ministerios Nº 22.520
(t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 13 del 10
de diciembre de 2015, la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de
marzo de 2018 y el Decreto N° 47 de fecha 11 de enero de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1°- Establécese que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SECRETARÍA DE OBRAS DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE tendrá a su cargo la
representación del “Organismo Ejecutor” ante el BANCO DE DESARROLLO DE
AMÉRICA LATINA (C.A.F.), como así también la coordinación y supervisión
de la administración financiera y del uso de los recursos del préstamo
destinado a financiar el “PROGRAMA DE DESARROLLO VIAL REGIONAL IV–
Préstamo CAF N° 10703”, ejecutado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich
e. 18/06/2019 N° 42884/19 v. 18/06/2019