INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1010/2019
RESOL-2019-1010-APN-INCAA#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2019
VISTO el EX-2019-09497418-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, la Ley N° 26.522, los Decretos N° 1225 de fecha 1
de septiembre de 2010, N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 324 de
fecha 8 de mayo de 2017, el Convenio INCAA N° CONVE-2019-
10165705-APN-SGAJ#INCAA, y;
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) es el
Organismo encargado del fomento y regulación de la actividad
cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el
exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a
las disposiciones de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias se hallan la facultad del INCAA de
auspiciar Concursos y premios.
Que el Decreto Nº 1225/2010 estableció la obligación del INCAA de
promover y fomentar la producción de contenidos para televisión
estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad
reglamentaria propia de este organismo.
Que mediante el Convenio identificado como
CONVE-2019-10165705-APN-SGAJ#INCAA el INCAA y el CANADA MEDIA FUND se
comprometieron a implementar un programa de concesión para brindar
ayuda financiera destinada a la creación de proyectos de producción
independiente pensados para televisión y plataformas multimedia de una
calidad técnica específica, con un valor artístico o de
entretenimiento, en aras de fomentar e integrar la cultura argentina y
canadiense, además de promover y posibilitar las coproducciones entre
productores argentinos y canadienses, de modo que se expandan los
mercados en cada uno de estos países.
Que el monto total de los fondos disponibles a aportar es de DÓLARES
CIEN MIL (USD 100.000.-) de los cuales DÓLARES CINCUENTA MIL (USD
50.000.-) serán aportados por CANADA MEDIA FUND y los restantes DÓLARES
CINCUENTA MIL (USD 50.000.-) serán aportados por el INCAA siendo esta
financiación no reembolsable.
Que un monto equivalente a la suma de DÓLARES CINCUENTA MIL (USD
50.000.-) será destinado para series de televisión animadas y el monto
restante correspondiente a la equivalencia de DÓLARES CINCUENTA MIL
(USD 50.000.-) será destinado para proyectos digitales para plataformas
multimedia.
Que la contribución máxima total para cada proyecto financiado será de
DÓLARES VEINTICINCO MIL (USD 25.000.-), de los cuales la contribución
de CANADÁ MEDIA FUND no debe exceder el SETENTA Y CINCO POR CIENTO
(75%) del presupuesto de desarrollo de CANADÁ y la contribución del
INCAA no debe exceder el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del
presupuesto del desarrollo de la parte ARGENTINA.
Que resulta necesario establecer los requisitos y el procedimiento
correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.
Que los proyectos deben cumplir con los criterios generales de
financiamiento de ambas partes, con el CANADA MEDIA FUND que determina
la elegibilidad para la parte canadiense de un proyecto y el INCAA que
determina la elegibilidad para la parte argentina del proyecto
establecidos en las bases y condiciones identificadas como
IF-2019-60225217-APN-GFIA#INCAA.
Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual, la
Subgerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Asuntos
Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra
prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los
Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Bases y Condiciones para el “Concurso de
Co-Desarrollo entre Argentina y Canadá” para series de televisión
animadas y otros contenidos para medios digitales, identificadas como
IF-2019-60225217-APN-GFIA#INCAA y que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución y serán publicadas en el sitio web
del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES -
http://www.incaa.gob.ar/
ARTÍCULO 2°.- Llamar a productores de proyectos elegibles según las
condiciones establecidas en las Bases y Condiciones aprobadas en el
artículo precedente a participar del programa de concesión denominado
“Concurso de Co-Desarrollo entre Argentina y Canadá”, hasta el 31 de
octubre de 2019 a las 23.59hs.
ARTÍCULO 3º.- Determinar que la participación en el presente concurso
implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y
condiciones del mismo.
ARTÍCULO 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Ralph Douglas
Haiek
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/07/2019 N° 49839/19 v. 12/07/2019