Resolución 2790/2019
RESOL-2019-2790-APN-ENACOM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2019
VISTO el EX-2018-48383044-APN-AMEYS#ENACOM, la Resolución SC Nº 46/97, el IF-2019-48559712-APN-DNAYRT#ENACOM, y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional aprobado por la
Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE
COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
determina en su Punto III.4.1 que los Servicios Especiales están
destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la
comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de
telecomunicaciones, conforme al formato de numeración que allí se
indica.
Que en el mismo punto el referido Plan Fundamental ha establecido el
grupo de indicativos “10Y” para los servicios de atención de llamadas
vinculadas a Emergencias y los grupos “11Y” y “12Y” para los servicios
de comunicaciones de Atención al Cliente.
Que por la Resolución Nº 8.880 de fecha 9 de abril de 1999 de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN se creó el grupo de indicativos de servicio caracterizado
como “13Y”, para los servicios a la comunidad.
Que por la Resolución Nº 378 de fecha 10 de noviembre de 2008 de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se creó el grupo
de indicativos de servicio especiales “14Y”, para los servicios a la
comunidad, brindados por entidades gubernamentales o de servicio social.
Que desde la vigencia de las mencionadas Resoluciones Nº 8.880 y Nº
378, las capacidades de numeración que ofrecieron los indicativos “13Y”
y “14Y”, se han visto agotadas.
Que como consecuencia de ello, y en virtud del requerimiento
inicialmente presentado por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza,
mediante IF-2018 - 48383386-APN-AMEYS#ENACOM y luego refrendado por la
Dirección Nacional de Modernización Judicial, que mediante
NO-2019-45347440-APN-DNMJ#MJ, solicitó opinión a la Comisión Directiva
de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de
las Provincias Argentinas y C.A.B.A. (JuFeJus), la cual transmitió el
interes de las Cortes y Superiores Tribunales de Justicia, de contar
con un Código a nivel nacional, es que procede ampliar la
disponibilidad de números mediante la adopción del grupo “16Y”,
destinándolo para servicio a la comunidad brindados por entidades
gubernamentales o de servicio social.
Que con el fin de poner a disposición del ciudadano la gestión de
trámites ante los Poderes Judiciales Provinciales, no sólo la gestión
de turnos de defensores civiles y de familia, sino también la de
realizar denuncias en el fuero penal, mediante la comunicación con el
Ministerio Público, así como la posibilidad de acceder al sistema de
pequeñas causas, donde el ciudadano busca una respuesta directa del
estado a sus conflictos cotidianos, se ha solicitado la asignación de
un indicativo de servicio a la comunidad “16Y”.
Que a tal fin se ha conceptuado procedente destinar el código de servicios especiales “160”.
Que es facultad de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES administrar los
recursos del Plan Fundamental de Numeración Nacional, aprobado como
Anexo I de la Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997, de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Que ha intervenido el Área Técnica propiciando el dictado de la presente medida.
Que mediante el Acta N° 3 del Directorio del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en esta instancia
la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en
el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de
Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta N° 17 del
Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero
de 2017.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 267/2015 y las facultades delegadas en el
Acta N° 1 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5
de enero de 2016.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASÍGNASE el Grupo de Indicativos de Servicios Especiales
“16Y” para servicios a la comunidad, brindados por entidades
gubernamentales o de servicio social.
ARTÍCULO 2°.- ASÍGNASE el Indicativo de Servicios Especiales “160” para
la atención de comunicaciones efectuadas por los ciudadanos destinadas
a los Poderes Judiciales Provinciales de todo el país.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Silvana Myriam Giudici
e. 22/07/2019 N° 52792/19 v. 22/07/2019