Resolución 863/2018
RESOL-2018-863-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2018
VISTO el Expediente Nº 1.764.981/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.764.981/17, obra el Acuerdo
celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y EXPLOSIVAS por la parte sindical y la empresa GLEBA SA
por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que el presente acuerdo se celebró en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89.
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes acuerdan el Bono por Desempeño.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el
alcance de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnica Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 11/12 del
Expediente Nº 1.764.981/17, celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES
DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y EXPLOSIVAS por la parte
sindical y la empresa GLEBA SA por la parte empleadora, conforme lo
dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del acuerdo, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.764.981/17
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2019 N° 49967/19 v. 23/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)