Resolución 869/2018
RESOL-2018-869-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2018
VISTO el Expediente Nº 259.312/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 5 del Expediente Nº 259.312/16 obra el Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
(S.O.S.B.A.) y la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS DE SAN CLEMENTE DEL TUYU LIMITADA, ratificado a fojas 53, 66 y
67 por las precitadas, y ratificado a foja 117 por la FEDERACIÓN
NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo las partes convienen el pago de una suma no
remunerativa, por única vez, conforme a los términos y condiciones del
texto pactado.Cabe indicar que el texto de marras fue suscripto en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1272/12 “E”, del cual son
signatarias las precitadas partes y la FEDERACIÓN NACIONAL DE
TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.).
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (S.O.S.B.A.)
y la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE SAN
CLEMENTE DEL TUYÚ LIMITADA que luce a foja 5 del Expediente Nº
259.312/16, ratificado a fojas 53, 66 y 67 por las precitadas, y
ratificado a foja 117 por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE
OBRAS SANITARIAS, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de
Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5 del Expediente Nº
259.312/16, conjuntamente con la ratificación obrante a foja 117.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/07/2019 N° 50178/19 v. 26/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)