SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 104/2018
RESOL-2018-104-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2018
VISTO el Expediente Nº 1.781.235/17 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/3 vta. del Expediente N° 1.781.235/17, obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa
AGCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme a lo
establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las partes modifican la Cláusula 8.2.2 y la
Cláusula 12.6 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1368/14
“E”, del cual las partes son signatarias, conforme los lineamientos
estipulados en el mismo.
Que corresponde señalar que las partes han incurrido en un error
involuntario al consignar en el acuerdo el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1368/13 “E” atento que el plexo convencional que
ha sido oportunamente celebrado entre las mismas y debidamente
homologado a través de Resolución Secretaria de Trabajo Nº 705, de
fecha 13 de mayo de 2014 es el que lleva el Nº 1368/14 “E” conforme se
consigna en las actas de ratificación de fojas 116/117 de las presentes
actuaciones.
Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.
Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el del convenio citado.
Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la
estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.
Que la Asesoría Técnica Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención
que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa AGCO ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, que obra a fojas 3/3vta del
Expediente N° 1.781.235/17, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de que registre el acuerdo
obrante a fojas 3/3 vta. del Expediente Nº 1.781.235/17.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1368/14 “E”.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación gratuita del acuerdo
homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en
el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/08/2019 N° 51358/19 v. 14/08/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)