MINISTERIO
DE JUSTICIA ARANCELES
ARANCELES
Establécense los nuevos aranceles que perciben los Registros Nacionales
de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
RESOLUCION
N° 118
Bs. As., 10/3/83
VISTO la propuesta de
modificación de aranceles que perciben los Registros Nacionales de la
Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarlos efectuada por la
Dirección Nacional respectiva, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar los aranceles a los costos operativos de
los Registros mencionados. Que el Decreto N° 1.492/82 ha delegado en el
suscripto la facultad de crear, modificar o suprimir dichos, aranceles,
Por ello,
El Ministro de Justicia
Resuelve:
Artículo 1° — Sustitúyese el
contenido de los anexos I y XI de la Resolución N° 9 del 7 de enero de
1983 por el de los que se adjuntan e integran la presente,
individualizados como I y II respectivamente.
Art. 2° — Los nuevos aranceles
establecidos en la presente resolución comenzarán a regir a partir del
de abril de 1983.
Art. 3° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y
archívese.
Lennon