Decisión Administrativa 695/2019
DA-2019-695-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-57652525-APN-SGM#JGM, la Ley Nº 27.467,
los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios,
la Decisión Administrativa Nº 324 de fecha 14 de marzo de 2018 y su
modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre
otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en
cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente,
de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la
entonces Secretaría de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que por la Decisión Administrativa Nº 324/18 y su modificatoria, se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la entonces
Secretaría de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, se considera imprescindible la cobertura transitoria de UN (1)
cargo vacante de Director Nacional de Coordinación y Fiscalización
Pesquera dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, actualmente dependiente
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la entonces Secretaría
de Gobierno de Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto
Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 1° de junio de
2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir del dictado de la presente medida, al abogado Ricardo Horacio
DATO (M.I. N° 14.051.789) en UN (1) cargo vacante de Director Nacional
de Coordinación y Fiscalización Pesquera dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva Nivel I del SINEP, aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08,
sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por
no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
Citado Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto de conformidad con los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, por los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº
2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Luis Miguel Etchevehere
e. 15/08/2019 N° 59811/19 v. 15/08/2019