Resolución 621/2018
RESOL-2018-621-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2018
VISTO el EX-2018-52411186 -APN-ATR#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las presentes actuaciones luce la solicitud de homologación
del Acuerdo y Escala Salarial celebrados en fecha 23 de Octubre de 2018
entre el SINDICATO DE OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIOS, GARAGES,
PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMATICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE por la
entidad sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL
INTERIOR, en el marco del CCT 345/02 conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho instrumento partes acuerdan un incremento salarial
para todos los trabajadores comprendidos en el CCT 345/02 a abonarse en
dos cuotas, la primera desde el 1 de Octubre de 2018 y la segunda desde
el 1° Enero de 2019.
Que el ámbito de aplicación de los instrumentos cuya homologación se
pretende, se corresponde con la actividad principal de la empleadora
firmante, y la representatividad de la Entidad Sindical suscriptora,
emergente de su Personería Gremial.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa
laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de
los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia del
efectuar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Declárase homologado el Acuerdo y Escala salarial
celebrado en fecha 23 de Octubre de 2018 entre el SINDICATO DE OBREROS
DE ESTACIONES DE SERVICIOS, GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMATICOS DE
LA PROVINCIA DE SANTA FE por la entidad sindical y la FEDERACION
ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Informática, Innovación
Tecnológica y Gestión Documental dependiente de la SECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA. Cumplido, pase a la Dirección de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del Acuerdo y Escala Salarial celebrados en fecha 23 de Octubre de 2018
y evalúe la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el CCT
345/02
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/08/2019 N° 53880/19 v. 15/08/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)