SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución 318/2019
RESOL-2019-318-APN-SGAYDS#SGP
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2019
VISTO: El expediente EX-2019-66670183-APN-DRIMAD#SGP del Registro de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992) sus
modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 504 de fecha 23 de
julio de 2019, la Decisión Administrativa Nº 311de fecha 14 de marzo de
2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 504/2019 se designó a la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Autoridad de
Aplicación de los acuerdos internacionales ambientales suscriptos por
la REPÚBLICA ARGENTINA, referentes a materias de su competencia
específica en el ámbito nacional, incluyendo los CONVENIOS DE BASILEA,
ESTOCOLMO, ROTTERDAM y MINAMATA, debiendo coordinar sus tareas con los
Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que por el artículo 2° del Decreto N° 504/2019 se creó la Mesa
Interministerial de Sustancias y Productos Químicos en el ámbito de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objeto de
coordinar acciones entre las distintas áreas de gobierno a fin de
lograr una gestión racional de sustancias químicas, dando cumplimiento
a los compromisos nacional e internacionalmente asumidos.
Que el artículo 3° del Decreto mencionado en el considerando precedente
se designó al Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo
Sustentable de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
como presidente de la Mesa Interministerial de Sustancias y Productos
Químicos, pudiendo delegar esta función en un funcionario que no podrá
tener rango menor al de Director.
Que atento la especificidad de la temática, los principios de
celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites contemplados
en la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549, y el principio de
mejora continua de procesos del Decreto N° 891/17 sobre Buenas
Prácticas en Materia de Simplificación, resulta oportuno y conveniente
delegar las competencias atinentes al cargo de Presidente de la Mesa
Interministerial de Sustancias y Productos Químicos, creado en el
artículo 3° del Decreto N° 504/2019, en el funcionario o funcionaria
que se encuentre a cargo de la DIRECCIÓN DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS
QUÍMICOS dependiente de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la
Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), sus modificatorias y
complementarias y el artículo 3° del Decreto N° 504/2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1 º.- Deléguense las competencias atinentes al cargo de
Presidente de la Mesa Interministerial de Sustancias y Productos
Químicos, en el funcionario o funcionaria que se encuentre a cargo de
la DIRECCIÓN DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMCOS dependiente de la
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Sergio Alejandro Bergman
e. 21/08/2019 N° 60963/19 v. 21/08/2019