Ley 27517
Día Nacional del Síndrome de Asperger.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Institúyase el 18 de febrero de cada año como el “Día Nacional del Síndrome de Asperger”.
Art. 2°- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, el
Poder Ejecutivo nacional arbitrará las medidas necesarias para realizar
durante ese día actividades y campañas para la visibilización del
síndrome de Asperger.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
REGISTRADA BAJO EL Nº 27517
EMILIO MONZO - FEDERICO PINEDO - Eugenio Inchausti - Juan P. Tunessi
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2019
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución
Nacional, certifico que la Ley Nº 27.517
(IF-2019-69746878-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO
DE LA NACIÓN el 17 de julio de 2019, ha quedado promulgada de hecho el
día 21 de agosto de 2019.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,
gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento
y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Cumplido, archívese. Pablo Clusellas
e. 28/08/2019 N° 63718/19 v. 28/08/2019