MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 211/2019
DI-2019-211-APN-DNRYRT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2019
VISTO el EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley 24.013 y la Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa CENTURY GREEN SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó el inicio del
trámite previsto en el Capítulo VI, Título III, de la Ley Nacional de
Empleo Nº 24.013.
Que celebradas las audiencias de rigor en el marco del Procedimiento
Preventivo de Crisis de Empresas, la empleadora celebra un acuerdo con
el SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA, el que obra en las páginas 1/2
del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT del
EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT, ratificado en la página 2 del
IF-2019-17697805-APN-DNRYRT#MPYT.
Que en el mentado acuerdo las partes convienen el despido de diez
trabajadores, que allí individualizan, en los términos del artículo 247
de la Ley N° 20.744.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que
invisten con la documentación adjunta, ratificando el texto pactado en
todos sus términos.
Que atento al tenor de lo pactado, procede la registración del acuerdo,
el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin
perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacerse saber que de requerir cualquiera de las
partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la
Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la
DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase registrado el acuerdo suscripto entre la
empresa CENTURY GREEN SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, y el
SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA, por la parte gremial, obrante en
las páginas 1/2 del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT del
EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en las páginas 1/2 del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT
del EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la registración del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente disposición,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos en el mismo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
acuerdo registrado y de esta disposición, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/08/2019 N° 53301/19 v. 29/08/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)