Resolución General 4566/2019
RESOG-2019-4566-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Traslado de carnes y subproductos derivados de la faena
de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas. “Remito
Electrónico Cárnico”. R.G. N° 4.256 y su modificatoria. Su modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019
VISTO la Resolución General N° 4.256 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución general implementó el “Remito Electrónico
Cárnico” como único documento válido para amparar el traslado automotor
dentro del territorio de la República Argentina de carnes y
subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies
bovinas/bubalinas y porcinas.
Que razones de administración tributaria tornan aconsejable modificar
la fecha respecto de la cual resultará de aplicación obligatoria el uso
de dicho documento.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de
Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 14 de la Resolución General N° 4.256 y su modificatoria, por el siguiente:
“ARTÍCULO 14.- Las disposiciones establecidas en la presente resultarán
de aplicación a partir del día 1 de septiembre de 2019.”.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de la presente resolución general
entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro German Cuccioli
e. 02/09/2019 N° 65038/19 v. 02/09/2019