Resolución 1129/2019
RESOL-2019-1129-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-62069879- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto
Nº 6.610 del 13 de abril de 1956; el Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional homologado por el
Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), homologado por el Decreto N° 40 del
25 de enero de 2007, las Resoluciones Nros. 347 del 22 de julio de 2019
de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA y 923 del 2 de
agosto de 2019 del referido Servicio Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 6.610 del 13 de abril de 1956 se definió como
servicio extraordinario requerido a aquel servicio relacionado con las
tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado
sanitario, a solicitud de particulares, brindado fuera del horario
oficial establecido o en días no laborables para la Administración
Pública Nacional.
Que en virtud de lo establecido por el Artículo 11 del citado Decreto
Nº 6.610/56, se dispuso que el entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA debía liquidar mensualmente las sumas devengadas en concepto
de servicios extraordinarios que brinda a terceros.
Que actualmente dicha función es asumida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).
Que por la Resolución N° 347 del 22 de julio de 2019 de la entonces
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA se facultó al SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a instrumentar los mecanismos
necesarios para que en aquellos trámites que gestionen los usuarios
ante el referido Servicio Nacional y que invistan el carácter de
urgente, se adicionen conforme las especificaciones del trámite en
cuestión, el o los módulos que correspondan, dentro de un período
máximo definido, siempre inferior al establecido como normal, en el
cual el SENASA está en condiciones de ofrecer a los usuarios el bien o
servicio gestionado.
Que dicha tarea se materializó mediante el dictado de la Resolución N°
923 del 2 de agosto de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario adecuar el cuerpo
normativo consolidado de los trámites administrativos que se llevan a
cabo en este Servicio Nacional de acuerdo con los principios de
sencillez y eficacia, en procura de su simplificación y para facilitar
el acceso de los ciudadanos a la Administración a través de
procedimientos directos y simples por medios electrónicos, de acuerdo
con lo validado por las diferentes áreas técnicas que intervienen en
los procesos.
Que, en consecuencia, procede sustituir el Anexo (IF-2019-67753134-APN-DSAYF#SENASA) de la citada Resolución N° 923/19.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas al suscripto por los Artículos 6° de la Resolución N° 347
del 22 de julio de 2019 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre
de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo (IF-2019-67753134-APN-DSAYF#SENASA)
de la Resolución N° 923 del 2 de agosto de 2019 del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el Anexo
(IF-2019-76734515-APN-DSAYF#SENASA) que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ricardo Luis Negri
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/09/2019 N° 65431/19 v. 04/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)