Resolución 194/2019
Buenos Aires, 13/08/2019
VISTO la Ley N° 26.727, el Decreto N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972
(t.o 2017) y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario
N° 29 de fecha 5 de abril del 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 29
de fecha 5 de abril del 2019 se determinaron las remuneraciones mínimas
y adicionales para los trabajadores ocupados en las tareas de CULTIVO
DE HONGOS COMESTIBLES, en el ámbito de la Provincia de CÓRDOBA.
Que habiéndose advertido en la misma un error material involuntario en
el Anexo de la citada Resolución, debe procederse a su rectificación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el inciso i) del artículo 89 de la Ley N° 26.727 y por
el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017).
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Anexo de la Resolución de la Comisión
Nacional de Trabajo Agrario N° 29 de fecha 5 de abril del 2019,
conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomás A. Calvo - Gabriela
Mauro - Hugo E. E. Rossi - Abel Guerrieri - Pedro Apaolaza - Saúl
Castro - Jorge A. Herrera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/09/2019 N° 67699/19 v. 10/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)