MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 445/2019
RESOL-2019-445-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2019
VISTO el EX-2018-33192251- -APN-DGD#MT, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004),
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o. 2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el orden N° 3 del EX-2018-33192251- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo
celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte
sindical, y la empresa PRENSIPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL,
COMERCIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA, por la parte empleadora, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen el pago de una
gratificación por única vez de carácter no remunerativa, en el marco
del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05.
Que en relación con el carácter atribuido a la gratificación pactada,
corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 3
del EX-2018-33192251- -APN-DGD#MT, celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y
EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte sindical, y la empresa PRENSIPLAST
SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA, por
la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en el orden N° 3 del EX-2018-33192251- -APN-DGD#MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de
Trabajo N° 419/05.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuita del
acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/09/2019 N° 56061/19 v. 11/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)