Resolución 17/2019
RESOL-2019-17-APN-STIYC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019
VISTO el expediente EX-2019-53683943-APN-DGAS#JGM, la Ley N° 27.078 y
sus modificatorias, el Decreto N° 764/2000, el Decreto N° 1060/2017 y
la Resolución N° RESOL-2019-15-APN-STIYC#JGM del 2 de agosto de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2019-15-APN-STIYC#JGM
esta Secretaría declaró la apertura del procedimiento previsto en el
artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas
y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por
Resolución SC N° 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones,
respecto del documento “CONSULTA PÚBLICA - Desafíos y necesidades de
espectro radioeléctrico en Argentina”, que como Anexo I
[IF-2019-69404723-APNSTIYC# JGM] forma parte de aquella resolución.
Que en el artículo 4° de la citada resolución se estableció un plazo de
TREINTA (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de la
misma en el Boletín Oficial de la República Argentina, para que los
interesados, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 1063/2016
y normas complementarias, efectúen las presentaciones en la Plataforma
de Trámites a Distancia (TAD).
Que el pasado 13 de setiembre la CAMARA ARGENTINA DE INTERNET – CABASE
efectuó una presentación (IF-2019-82743313-APN-DGAS#JGM) en la que
solicita la extensión del plazo previsto en el Artículo 4° de la
mencionada resolución.
Que dada la complejidad de la cuestión y su importancia estratégica
para el desarrollo del sector TIC, es fundamental conocer la visión y
propuestas de los distintos actores
Que evaluado lo solicitado, se considera razonable el otorgamiento de
una prórroga a los efectos de facilitar la mayor participación de los
sectores interesados.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 44 y siguientes del Anexo I aprobado por la
Resolución SC N° 57 de fecha 23 de agosto de 1996 de la ex Secretaría
de Comunicaciones y por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018
modificado por Decreto 958 del 25 de octubre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por DIEZ (10) días hábiles, contados desde la
publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República
Argentina, el plazo establecido en el artículo 4° de la Resolución N°
RESOL-2019-15-APN-STIYC#JGM de esta Secretaría.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Maria Huici
e. 18/09/2019 N° 70313/19 v. 18/09/2019