Resolución 328/2018
RESOL-2018-328-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2018
VISTO el Expediente N° 1.754.764/17 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.754.764/17, a fojas 2/ 3 del
Expediente N° 1.772.056/17 agregado a fojas 16 al principal y a fojas
4/ 5 del precitado Expediente obran los Acuerdos y Actas
Complementarias celebrados por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE
MERCEDES BENZ ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MERCEDES
BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dichos acuerdos las precitadas partes pactaron condiciones
salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
224/97 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresaria signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los
acuerdos alcanzados, se procederá a remitir las actuaciones a la
Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los
mentados acuerdos.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo y Acta Complementaria
celebrados por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, obrante a fojas 2/ 3 del
Expediente N° 1.754.764/17, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Declárase homologado el Acuerdo y Acta Complementaria
celebrados por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, obrante a fojas 2/3 del
Expediente N° 1.772.056/17 agregado a fojas 16 al principal, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 3º.- Declárase homologado el Acuerdo y Acta Complementaria
celebrados por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, obrante a fojas 4/ 5 del
Expediente N° 1.772.056/17 agregado a fojas 16 al principal, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 4°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de que registre los
Acuerdos y Actas Complementarias obrantes a fojas 2/ 3 del Expediente
N° 1.754.764/17, a fojas 2/ 3 del Expediente N° 1.772.056/17 agregado a
fojas 16 al principal y a fojas 4/ 5 del Expediente N° 1.772.056/17
agregado a fojas 16 al principal.
ARTICULO 5º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245º de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa N° 224/97 “E”.
ARTICULO 6°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de
los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/09/2019 N° 60607/19 v. 26/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)