Resolución 697/2019
RESOL-2019-697-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2019
VISTO el EX-2018-53658537- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO
DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo los ordenes N° 2 y N° 7, IF-2018-53701895-APN-DGDMT#MPYT e
IF-2018-67733827-APN-DNRYRT # MPYT, respectivamente, obran los acuerdos
de fechas 4, 11 y 18 de Octubre de 2018, celebrados entre el SINDICATO
DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPES
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en los mencionados acuerdos se establecen la implementación de
suspensiones, y el otorgamiento de asignaciones para el personal
afectado, conforme surge en las condiciones allí contempladas.
Que asimismo se acompañan las nóminas del personal afectado en el orden N° 2 y N° 7.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias de autos y las que
obran ante esta cartera de Estado.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley 24.013 y el
Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento
de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal,
atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo
bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia
del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que sin perjuicio de la homologación del mencionado como acuerdo marco
de carácter colectivo, y no obstante el derecho individual del personal
afectado, corresponde hacer saber a las partes que en referencia a lo
pactado rige lo dispuesto en los artículos 218/223 bis de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se circunscribe a
la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en los acuerdos traídos a estudio.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa
en el marco del Art. 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los
trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá
tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que se ha emitido el correspondiente dictamen de conformidad con lo
normado por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549
y Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo de fecha 4 de Octubre de
2018, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y FAURECIA
SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, obrante en el orden N° 2, páginas 8/9 del
IF-2018-53701895-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-53658537-APN-DGDMT#MPYT,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Declárase homologado el acuerdo de fecha 11 de Octubre de
2018, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y FAURECIA
SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA., por la parte
empleadora, que luce como archivo embebido en el orden N° 7 del
EX-2018-53658537-APN-DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3º.- Declárase homologado el acuerdo de fecha 18 de Octubre de
2018, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y FAURECIA
SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA., por la parte
empleadora, que luce como archivo embebido en el orden N° 7 del
EX-2018-53658537-APN-DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 4°.-Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los
acuerdos individualizados en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 6°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1°, 2° y 3° de la presente
Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los
trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuita de
los acuerdos homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2019 N° 60825/19 v. 27/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)