Resolución Sintetizada 277/2019
ACTA N° 1589
Expediente ENRE N° EX -2018-40852913-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 25 DE SEPTIEMBRE DE 2019
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Otorgar el certificado de conveniencia y necesidad pública, con los
alcances establecidos en el artículo 3 del presente Acto, para la obra
de Ampliación de la Capacidad de Transporte requerida por las empresas
PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y
PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., consistente en la conexión del PELB
en barras de 132 kV de la ET Puerto Madryn, de COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA
(TRANSENER S.A.), tendido de un segundo circuito de la LAT 132 kV de
CUARENTA Y DOS KILÓMETROS (42 km) entre la ET Loma Blanca II-IV y la ET
Puerto Madryn, de TRANSPA S.A.; ampliación de la ET Loma Blanca II-IV
mediante el montaje y puesta en servicio de UN (1) segundo
transformador de 132/33 kV - 80 MVA; construcción, montaje y puesta en
servicio de la ET Loma Blanca I-III de 132/33 kV con DOS (2)
transformadores de 138/33 kV - 80 MVA; construcción y montaje de una
LAT 132 kV doble terna de CINCO KILÓMETROS (5 km) de longitud entre la
ET PE Loma Blanca I-III y la ET PE Loma Blanca II-IV; la desvinculación
de la DT de 132 kV de CUARENTA Y DOS KILÓMETROS (42 km) entre el PE
Loma Blanca IV y la ET Puerto Madryn, de TRANSPA S.A., la extensión de
CINCO KILÓMETROS (5 km) y vinculación de la misma entre las ET Loma
Blanca I-III y ET Puerto Madryn, de TRANSPA S.A.
2.- Autorizar, con los alcances establecido en el artículo 3 del
presente Acto, los Accesos solicitados por las Empresas PARQUE EÓLICO
LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO
LOMA BLANCA III S.A., para el ingreso al Sistema argentino de
interconexión (SADI) de sus respectivos Parques Eólicos LOMA BLANCA I,
LOMA BLANCA II y LOMA BLANCA III, de 51,2 MW cada uno.
3.- Lo dispuesto en los artículos 1 y 2 precedentes, sólo producirán
efectos a partir de la fecha en que este Ente notifique a las Empresas
PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y
PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., que tiene por acreditado el
otorgamiento de la calidad definitiva de agente del MEM por parte la
autoridad competente, para lo cual, deberán obrar dichas constancias en
el expediente
4.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca I, de la empresa LOMA
BLANCA I S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca
I-III, operada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENEERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.).
5.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca II, de la empresa LOMA
BLANCA II S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca
IV, operada por TRANSPA S.A.
6.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca III, de la empresa LOMA
BLANCA III S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca
I-III, operada por TRANSPA S.A.
7.- Hacer saber a las Empresas PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE
EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A. deberán
observar el estricto cumplimiento a los requerimientos técnicos y/o
adecuaciones que fueran solicitadas por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), TRANSENER S.A.
y TRANSPA S.A. en el marco de sus respectivos Informes.
8.- Notifíquese a GENNEIA S.A., TRANSENER S.A., a TRANSPA S.A., a
CAMMESA, a PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA
II S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., al Señor Intendente de la
Ciudad de PUERTO MADRYN, al ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS, a la SECRETRÍA DE DESARROLLO URBANO DE LA
MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, a la FEDERACIÓN CHUBUTENSE DE
COOPERATIVAS, a SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO (SPSE) de la
Provincia de SANTA CRUZ y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA
PROVINCIA DE CHUBUT. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en
extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente
Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 30/09/2019 N° 74046/19 v. 30/09/2019