SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
Y
SECRETARÍA DE INDUSTRIA
Resolución Conjunta 80/2019
RESFC-2019-80-APN-SCE#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-17937502- -APN-DE#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., C.U.I.T. N° 30-
50115282-6, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de
Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión”,
conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de
fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001, ambas
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de
fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5
de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los
requisitos que debe cumplir la firma peticionante para acceder a los
beneficios del mencionado régimen.
Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las
mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se
encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en
los Artículos 9° y 11 de dicha norma.
Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la
instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma,
destinada la elaboración de formas sólidas orales de principios activos
de alta potencia hasta OEB4, conforme al Artículo 2° de la Resolución
Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.
Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución,
serán instalados en el predio declarado por la citada empresa en las
actuaciones indicadas en el Visto.
Que la firma peticionante adquirirá UN (1) agitador piloto y UN (1)
recipiente simple de origen nacional, los cuales forman parte de las
líneas de producción, y por ende, quedan alcanzados por las
restricciones previstas por el mencionado régimen y deberán ser
debidamente auditados.
Que, hasta el momento, la referida empresa no ha informado la
importación de repuestos al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº
256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.
Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL (Facultad Regional Avellaneda),
ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del
proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación
vigente.
Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204/00 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, la Dirección Nacional de
Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, y la SUBSECRETARÍA DE
FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han analizado el proyecto de
manera conjunta, emitiendo un dictamen del cual surge que la línea a
importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº
256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones
Nros. 1.089/00 y 8/01, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216/03 del
ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424/16 y 432/17, ambas del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la
firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. conforme a las disposiciones del
régimen referido.
Que la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. declaró bajo juramento
que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes
comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos
Peligrosos y sus modificaciones, y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos
Químicos.
Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, la empresa deberá adquirir
bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al
VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos
importados al amparo del mencionado régimen. Tal obligación deberá
cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la
Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años
posteriores a la presente resolución aprobatoria del proyecto
Que de acuerdo a los Artículo 14 y 14 bis de la resolución citada en el
considerando precedente y 19 y 19 bis de la Resolución N° 204/00 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y sus modificatorias, el
proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una
vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento
de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del
mencionado régimen.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el
Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y el
Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y
sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
Y
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº
256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA,
modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de
2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001, ambas del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de
septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 242 de
fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la
importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma
LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., C.U.I.T. N° 30- 50115282-6, destinado
a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma,
para la elaboración de formas sólidas orales de principios activos de
alta potencia hasta OEB4, cuya descripción de bienes se detallan a
continuación:
Nº DE ORDEN | DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA | CANTIDAD (unidades) |
1 | Aislador WIBO tipo BGKVO 200/143 (marca: Weisstechnik // modelo: Wibo Barrier worplace type BGKVO 200/143) | UNA (1) |
2 | Kwik
- Molino KS05 (Tipo aislador) -tipo: Tamizador a fuerza centrífuga,
acero inoxidable 316L, motor de 0.375kW de velocidad variable, malla
intercambiable según necesidad - (marca: Hanningfield // modelo: Kwik
Sift KS05) | UNA (1) |
3 | Estación de
Llenado de Bolsas Hicoflex para Aislador (Estructura de Acople) (tipo:
bolsa de plastico especial para trasnportar producto semi-elaboardo //
marca: GEA // modelo: Hicoflex Charge Station 6” (DN150)) | UNA (1) |
4 | Combinación
de máquinas para el granulado de alta contención, compuesta por:
Granulador de Alta Contención (marca: GEA // modelo: UltimaPro™-75 )
“Molino con Accesorios” (tipo: Molino tamizador-compactador // marca:
Quadro // modelo: Comill U10) ( 4.1) “Tablero Electrico” (marca:
Rital // modelo: TS System ) (4.2), “Tablero de Mando” (marca: GEA //
modelo: Pepperl&Fuchs touch screen version ) (4.3), “Sistema de
Vacio y Recuperacion de Solventes” ( marca: ATS // modelo: Vacuum
dryer-MW prepared type ) (4.4), “Sistema de Carga por Vacio (lanza)”
(marca: GEA // modelo: N/A ) (4.5), “Descarga de Hicoflex al Granulador
(Estructura de Acople)” (marca: GEA // modelo: Hicoflex® Discharge
Station 6” (DN150) ) (4.6), “Valvula Mariposa de Contencion para
Descarga a Contenedor” (marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve®)
(4.7), “Computadora, Impresora, Monitor, Mouse, Teclado y UPS” (marca:
Koning&Hartman / HP / Philips / Microsoft / Microsoft / Eaton //
modelo: Desktop GHB120-Q17-16-3H-W10 / Office Jet PRO6230 / 17” / N/A /
N/A / 5P850I ) (4.8), “Sistema de Valvulas para Limpieza” ( marca: GEA
// modelo: N/A ) (4.9), “Sistema de Muestro de Producto Seco” ( marca:
Prosys Sampling Systems // modelo: Intrusive plug valve type ) (4.10),
“Bomba Peristaltica para Adicion de Liquidos y Medidor de Flujo de
Masa” ( marca:Watson Marlow / Endress&Hauser // modelo:
501RLC2CA / Promass 83P08 ) (4.11), “Unidad de Balance de Calor x2” (
marca: ToolTemp // modelo: TT188 ) (4.12), “Placa Divisora” ( marca: GEA
// modelo: N/A ) (4.13), “Estructura de Apoyo” ( tipo: material de
acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (4.14). | UNA (1) |
5 | Cabina Seguridad tipo EL12F2-Ex ATEX 22 (marca: Weisstechnik // modelo: Safety Workbox Type EL12F2-Ex ATEX 22) | UNA (1) |
6 | Combinación
de máquinas para el mezclado de productos activos y excipientes:
Mezclador (PLB300) (marca: GEA // modelo: PLB300) “Tablero de Mando”
(marca: GEA // modelo: N/A) (6.1) “Computadora, Impresora, Monitor,
Mouse y Teclado” (marca: GEA // modelo: Dell Precision Tower 3620 XCTO
BASE. Dell 24 Monitor / P2417H - 60.5cm(23.8”) Black UK ) (6.2) “Tablero
Electrico” (marca: GEA // modelo: N/A ) (6.3) | UNA (1) |
7 | Combinación
de máquinas para la producción de comprimidos de alta contención,
compuesta por: “Comprimidora de Alta Contención”(marca: GEA // modelo:
MODUL™ P with WOL-ECM Lite) “Desempolvador y Detector de Metales” (
marca: Pharmatech // modelo: PFC 1000 CE iSeries HC WOL ) (7.1),
“Hicobox 25 Litros” ( marca: GEA // modelo: Hicobox 25 liter) (7.2),
“Carro Porta Torreta y Sistema de lavado” (tipo: material de acero
inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A) (7.3), “Valvula de Carga con
Actuador (DN150 MC) y Sistema de Compensacion de Producto a la
Comprimidora” ( marca: GEA // modelo: DN150MC) (7.4), “Pinza de Sellado
por Calor y Sistema de Liner” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.5), “KIT
para Sistema de Lavado” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.6), “Carro
Porta Sistema de Alimentacion” (tipo: material de acero inoxidable //
marca: GEA // modelo: N/A ) (7.7), “Sistema de Agitado para Polvos de
Baja Fluidez” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.8), “Herramienta para
Apertura de Valvula DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150MC ) (7.9). | UNA (1) |
8 | Elevador
A (PL400) (tipo: columna de acero inoxidable para elevar contenedores,
altura de 3800mm // marca: GEA // modelo: PL400) | UNA (1) |
9 | Cabina Seguridad tipo EL18F2 ( marca: Weisstechnik // modelo: Safety Workbox Type EL18F2) | UNA (1) |
10 | Durometro Easy Check Pro Erweka (5 Param) ( marca: Erweka // modelo: EASYCHECK) | UNA (1) |
11 | Equipo
Friabilidad - TAR 120 con tambor izquierdo Erweka ( marca: Erweka //
modelo: TAR-120), con su: Tambor izquierdo ( marca: Erweka // modelo:
N/A) (11.1) | UNA (1) |
12 | Equipo
Desintegración - Desitegrador Erweka Mod. ZT722 (marca: Erweka //
modelo: ZT-722), con su: Canasta Tipo A, 6 Tubos, Malla 10 ( marca:
Erweka // modelo: N/A) (12.1), Disco Magnetico Set x 6 Unidades Rojos (
marca: Erweka // modelo: N/A) (12.2), Disco Magnetico Set x 6 Unidades
Verdes ( marca: Erweka // modelo: N/A) (12.3). | UNA (1) |
13 | Combinación
de máquinas para el recubrimiento de comprimidos , compuesta por:
“Paila (Recubridor)” (marca: GEA // modelo: ConsiGma Coater Pilot
Single-Drum 160mm) “Tablero Electrico y Neumatico” ( marca: Rittal //
modelo: TS system ) (13.1), “Sistema de Carga de Comprimidos” ( marca:
GEA // modelo: Type 2 ) (13.2), “Sistema de Descarga de Comprimidos” (
marca: GEA // modelo: N/A ) (13.3), “Desempolvador” ( marca: GEA //
modelo: N/A ) (13.4), “Carro Porta Tambor” (tipo: material de acero
inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (13.5), “Sistema de Inyeccion
de Aire” ( marca: Seven Air // modelo: SKG 2.1-SPEC ) (13.6), “HMI” (
marca: GEA // modelo: N/A ) (13.7) “Computadora, Impresora, Mouse,
Teclado y UPS” ( marca: Koning&Hartman / HP / Microsoft /
Microsoft / Eaton // modelo: IPC GHB120-Q17-16-3H-W10 / PRO 6230 / N/A /
600 / 5P850I ) (13.8) “Carro Cassette” (tipo: material de acero
inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (13.9) “Sistema de Descarga
por Vacio” ( marca: Volkmann / GEA // modelo: PPC350VS-F200 / N/A )
(13.10) “Unidad Base de Revestimiento con Sistema de Carga al Vacío” (
marca: GEA // modelo: N/A ) (13.11) “Tolvas y Casetes de Carga y
Descarga de Comprimidos” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.12) “Tambor
de 160mm” ( marca: GEA // modelo: 160mm Drum ) (13.13). | UNA (1) |
14 | Contenedor
de Alta Contencion 50lts ( tipo: contenedore de traslado de producto
semi-elaborado // marca: GEA // modelo:50 Litre Invertible Powder IBC)
con su : “Carro Porta Contenedor” (marca: GEA // modelo: N/A ) (14.1)
“Valvula Pasiva DN150 MC” (marca: GEA //modelo:DN150 MC type Buckvalve® )
(14.2) “Marco de Apilamiento” (marca: GEA // modelo: N/A ) (14.3) | UNA (1) |
15 | Contenedor
de Alta Contencion 100lts ( tipo: contenedore de traslado de producto
semi-elaborado // marca: GEA // modelo: 1100 Litre Invertible Powder
IBC) con su : Valvula Pasiva DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150
MC type Buckvalve® )(15.1) | TRES (3) |
16 | Contenedor
de Alta Contencion 150lts ( tipo: contenedore de traslado de producto
semi-elaborado // marca: GEA // modelo: 150 Litre Invertible Powder IBC)
con su : “Valvula Pasiva DN150 MC” (marca: GEA // modelo: DN150 MC
type Buckvalve® )(16.1) | DOS (2) |
17 | Planta
de Agua Purificada por RO + RO 200lt / h - SKID ( marca: Stilmas //
modelo: RO+RO 200 lt/h) - KIT Incluye:Bombas de circulación wfi, nr. 1
diseño sanitario de servicio (1 de repuesto), caudal 3 m3 / hr-5
bar.Tanque de almacenamiento de efi, capacidad de 500 litros, cilíndrico
vertical, presión de 3 bar g / fv, fabricado en AISI 316L | UNA (1) |
18 | Maquina Desblisteadora Semi-Autimatico Universal SIMPATY F140 ( marca: OMAR S.R.L. // modelo: SIMPATY - F140) | UNA (1) |
19 | Maquina
Enfriadara de Agua - Tipo polivarente versión con intercambiadores con
placas- SKID ( marca: Trox // modelo: NRP1655A4°°°P4R4 ) - KIT
Incluye:AER485P1: Placa para comunicación con lenguaje MODBUS, AVX:
amortiguadores, P4 - Sin acumulación, con bomba de alta impulsión y
bomba de reserva, R4 - Con bomba de alta presión y bomba de reserva. | DOS (2) |
20 | Cabina
de Niebla - tipo: cabina de acero inoxidable, vidrio templado de 6mm,
caudal de agua 1.9-2.6 L/min en uso, filtros H14- ( marca:AEC //
modelo: Misting Booth) | TRES (3) |
21 | Adición
de Hicoflex para Contenedor (Estructura de Acople) (tipo: bolsa de
plastico especial para trasnportar producto semi-elaboardo // marca: GEA
// modelo:Hicoflex Discharge Station 6” (DN150) ) con su: “Valvula
Activa/Pasiva DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve®
) (21.1); “Actuador liviano DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150 MC
type Buckvalve® ) (21.2) ; “Hicoflex Adaptador” ( marca: GEA // modelo:
Hicoflex adaptor 6” (DN150)) (21.3) | UNA (1) |
22 | Estación
de Lavado de Contenedores ( tipo: estructura de acero inoxidable //
marca: GEA // modelo: N/A) con su: “Actuador Manual Valvula DN150 MC” (
marca: GEA // modelo:DN150 MC type Buckvalve®) ( 22.1); “Lanza Manual” (
marca: GEA // modelo: N/A ) (22.2) | UNA (1) |
23 | MÁQUINA FARMACÉUTICA - APILADORA ELECTROMANUAL ULMA MOD. EMS-600 Voltaje 12 V ( marca:ULMA // modelo: EMS-600) | UNA (1) |
24 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-1 - con filtros (G1, G4, F7 y F13), con
serpentina agua fria: 8 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua
caliente: 2 Hileras y 12 aletas, con ventiladores: 9 (PF_K3G_310), con
economizador - ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
25 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-2 - con filtros (G1, G4, F7 y F13), con
serpentina agua fria: 8 Hileras y 12 aletas, con serpentina agua
caliente: 2 Hileras y 12 aletas, con ventiladores: 9 (PF_K3G_310) - (
marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
26 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA+UVE-3 - con filtros (G1, G4, F7 y F13),
con serpentina agua fria: 6 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua
caliente: 2 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_310) - (
marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
27 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:23935A-0A04:UMA-4 - con filtro (G1, G4, F7 y
F13), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 12 aletas, con serpentina
agua caliente: 2 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 2 (PF_K3G_450),
con economizador - ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
28 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-5 - con filtros (G1, G4, F7 y F13), con
serpentina agua fria: 4 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua
caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_310) - (
marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
29 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-6 - con filtros (G1, G4 y F7), con
serpentina agua fria: 6 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua
caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 3 (PF_K3G_310) - (
marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
30 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-IS - con filtros (G4, y F9), con
serpentina agua fria: 8 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua
caliente: 2 Hileras y 10 aletas - ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
31 | TKM-50-HE-EU
- Unidad Manejadora de Aire:UMA-7 - con filtros (G1 y G4), con
serpentina agua fria: 8 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua
caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_450) - (
marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) | UNA (1) |
ARTÍCULO 2°.- El monto de los bienes sujetos al beneficio de la
presente resolución es de un valor FOB EUROS TRES MILLONES QUINIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (€ 3.566.250), EXW EUROS
DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE (€ 218.939), EXW
DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA
Y NUEVE (USD 146.979), CPT EUROS DOCE MIL CIENTO QUINCE (€ 12.115), CIF
EURO VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO (€ 26.534) y CIF LIBRAS
ESTERLINAS VEINTINUEVE MIL CIEN (€ 29.100) (sin repuestos). Asimismo, a
fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse
en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256 de
fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la
Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias, se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha
de la emisión de la presente resolución, para la importación de los
bienes detallados en el Artículo 1° de la misma y de los repuestos que
se importen al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento por parte de la firma peticionante de
los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado
y/o de las obligaciones establecidas en el citado régimen y/o de los
límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de
la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y/o 15
bis de la citada resolución. La sanción dispuesta por el Artículo 15
bis de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias, será aplicable también en el caso de comprobarse que la
peticionante hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el
Artículo 6º de la mencionada resolución.
ARTÍCULO 5º.- Infórmese en los términos de los Artículos 18 y 19 de la
Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias, a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a
liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá
verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo
de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los
términos de los Artículos 14 y 14 bis de la Resolución N° 256/00 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA y 19 y 19 bis de la Resolución N° 204 de fecha 5
de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 6°.- La firma peticionante deberá adquirir bienes de uso
nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR
CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al
amparo del mencionado régimen, conforme lo establecido en el Artículo
5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus
modificatorias. Las adquisiciones mencionadas deberán cumplirse desde
la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de
Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la
presente resolución aprobatoria del proyecto.
ARTÍCULO 7°.- A través de la Dirección de Exportaciones dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE
COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, notifíquese a
la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. de la presente medida.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher - Fernando Félix
Grasso
e. 01/10/2019 N° 74471/19 v. 01/10/2019