Resolución Sintetizada 4267/2019
RESOL-2019-4267-APN-ENACOM#JGM FECHA 7/10/2019 ACTA 53
EX-2019-49480131-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Dejar sin efecto las ofertas presentadas por la EMPRESA ARGENTINA
DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (ARSAT) en los concursos
públicos cuyo llamado se efectuó a través de la Resolución ENACOM N°
2.403/2019 y N° 2.408/2019.
2.- Establecer que conforme lo estipulado en el Artículo 1 de la
presente, corresponde proceder a la devolución de la documentación
presentada por ARSAT en el marco de los referidos concursos.
3.- Adjudicar a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, SOCIALES
Y VIVIENDAS EL BOLSON LIMITADA, la banda 450-470 MHz en el Concurso
Público N° 31, cuyo llamado se efectuó a través de la Resolución ENACOM
N° 2.403/2019.
4.- Establecer que la adjudicación dispuesta en el Artículo 3
precedente, entrará en vigencia a partir de la acreditación del pago
comprometido en la apertura de ofertas y de la constitución de la
garantía de instalación y puesta en funcionamiento de los servicios,
las cuales deberán efectuarse dentro del plazo de 10 días hábiles
administrativos de notificada la presente.
5.- Establecer que de no cumplirse en término las acreditaciones
mencionadas en el Artículo 4 precedente, caducará en forma automática
la adjudicación formulada en el Artículo 3 de la presente resolución.
6.- Establecer que la adjudicataria deberá tramitar ante este ENACOM,
las respectivas autorizaciones radioeléctricas en el plazo de 60 días
de publicada la presente.
7.- Notifíquese a los interesados.
8.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 08/10/2019 N° 76565/19 v. 08/10/2019