MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 784/2019
RESOL-2019-784-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2019
VISTO el Expediente N° 224-569.644/18 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley
N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa GENERAL MOTORS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, obrante a
fojas 2/3 Expediente N° 224-569.644/18, el que es ratificado a fojas 67
y 76, donde solicitan su homologación.
Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen
suspensiones para el personal de la Planta Rosario, conforme a las
condiciones allí pactadas.
Que cabe indicar que a fojas 82/97 vuelta obra el listado del personal
afectado, el que ha sido ratificado a fojas 102 y 107 del Expediente N°
224-569.644/18.
Que en relación a ello, cabe señalar que si bien se encuentra vigente
lo regulado en la Ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen la
obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con
carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al
consentimiento prestado por la entidad sindical en el Acuerdo bajo
análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo
se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del
cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que sin perjuicio de la homologación del mencionado como acuerdo marco
de carácter colectivo, y no obstante el derecho individual del personal
afectado, corresponde hacer saber a las partes que en referencia a lo
pactado rige lo dispuesto en los artículos 218/223 bis de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976).
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que
invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos
el acuerdo de marras.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la
empresa GENERAL MOTORS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/3 Expediente N°
569.644/18, ratificado a foja 67 y 76, conjuntamente con la nómina de
personal afectado que luce a fojas 82/97 vuelta, ratificado a fojas 102
y 107, del Expediente N° 224-569.644/18.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el
acuerdo obrante a fojas 2/3, conjuntamente con el listado de personal
obrante a fojas 82/97 vuelta, del Expediente N° 224-569.644/18.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
instrumento homologado, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/10/2019 N° 65821/19 v. 15/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)