Resolución 920/2019
RESOL-2019-920-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2019
VISTO el Expediente Nº 1.777.215/17 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6/8 de los autos citados en el VISTO, obra al Acuerdo
celebrado entre la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
por la parte gremial y la empresa OROPLATA SOCIEDAD ANÓNIMA por el
sector empleador, ratificado a fojas 19 por medio del Acta que lo
integra, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido un incremento salarial para los
trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
N° 1547 “E” del cual son signatarias, cuya vigencia opera a partir del
día 1° de Abril de 2017, con las consideraciones obrantes en el texto
al cual se remite.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con el
alcance de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia del
efectuar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 6/8,
celebrado entre la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y
la empresa OROPLATA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 19 por medio
del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.777.215/17, de acuerdo a
las disposiciones de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.
Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación proceda al registro
del Acuerdo obrante a fojas 6/8 y el Acta de fojas 19 que lo integra,
del Expediente Nº 1.777.215/17.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1547/17 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito
del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/10/2019 N° 68676/19 v. 22/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)