Decreto 732/2019
DECTO-2019-732-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-68191724-APN-DGD#MHA y el Modelo de
Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN
ANDINA DE FOMENTO (CAF), se compromete a asistir financieramente a la
REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de
Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General
Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II” por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (USD 75.000.000).
Que el objetivo del Proyecto es mejorar la movilidad y conectividad de
los servicios de transporte del Corredor Sudoeste de la Región
Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) hacia el área central de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CABA) del Ferrocarril Línea Belgrano Sur.
Que el referido Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) componentes:
(I) Obras, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 1.1 Obras
civiles y ferroviarias y 1.2 Supervisión técnica, ambiental y social;
(II) Gestión del Proyecto, el cual se divide en CUATRO (4)
Subcomponentes: 2.1 Administración, 2.2 Asesoría Externa, 2.3 Auditoría
Externa y 2.4 Plan de Acción de Género y (III) Otros costos, el cual
incluye 3.1 Gastos de Evaluación y 3.2 Comisión de financiamiento.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE TRANSPORTE, a
través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y
ESPECIALES (DGPPSE) y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) para los aspectos técnicos
ferroviarios, denominado “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como
toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las
modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto de
Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General
Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II”, siempre y cuando no
constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni
deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo CAF propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan
en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE
FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y
CINCO MILLONES (USD 75.000.000), destinado a financiar parcialmente el
“Proyecto de Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del
Crucero General Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II” que consta
de las “Condiciones Generales” integradas por CUARENTA Y TRES (43)
Cláusulas, de las “Condiciones Particulares” integradas por VEINTITRES
(23) Cláusulas, de UN (1) Anexo Técnico y de los “Lineamientos de
Contratación y Adquisición para Prestatarios y Organismos Ejecutores de
Préstamos al Sector Público”, que como ANEXO
(IF-2019-76913470-APN-SSRFI#MHA) forma parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y
su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el
artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo CAF cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente
medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o
destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o
introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de
Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General
Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II”, al MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
SECTORIALES Y ESPECIALES (DGPPSE) y la ADMINISTRACIÓN DE
INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) para los
aspectos técnicos ferroviarios, quedando facultado a realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
mencionado Proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en
el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de
la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Jorge Roberto
Hernán Lacunza - Guillermo Javier Dietrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/10/2019 N° 81375/19 v. 24/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)