Decreto 734/2019
DECTO-2019-734-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-58060184-APN-DGD#MHA y el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 4802/OC-AR propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 4802/OC-AR, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Apoyo a la Gestión Integrada del Gasto
Público”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA
MILLONES (USD 40.000.000).
Que el objetivo principal del Programa es mejorar la eficiencia y
transparencia del gasto público, por medio del apoyo al uso de
información para la toma de decisiones y el control ciudadano.
Que los objetivos específicos del referido Programa son: (i) mejorar la
eficiencia del gasto público nacional a través de la generación de
información íntegra y oportuna que permita mejorar la ejecución de los
programas prioritarios; e (ii) incrementar el acceso a la información
presupuestaria a nivel subnacional fortaleciendo los sistemas de
información financiera.
Que para la ejecución del Programa se desarrollarán DOS (2)
componentes: (I) Integración y modernización de los sistemas de
información de apoyo a la gestión del gasto nacional y (II) Apoyo a la
gestión del gasto provincial y municipal.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE HACIENDA, a
través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, con el apoyo de la Dirección de
Programas y Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial Amplio
(DPYPEESA) dependiente de dicha Secretaría, en la gestión operativa,
administrativa, presupuestaria y financiera-contable.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°
4802/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 4802/OC-AR y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Apoyo a la Gestión Integrada del Gasto Público”, siempre y
cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los
fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° 4802/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
4802/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES (USD 40.000.000), destinado a
financiar el “Programa de Apoyo a la Gestión Integrada del Gasto
Público”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por
SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12)
Capítulos y UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I
(IF-2019-62292064-APN-SSRFI#MHA) integra la presente medida. Asimismo,
integran la medida, como ANEXO II (IF-2019-12386050-APN-SSRFI#MHA) y
ANEXO III (IF-2019-12385947-APN-SSRFI#MHA), las “Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de
Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,
respectivamente, ambas correspondientes a la edición de marzo de 2011.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N° 4802/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba en el artículo 1º de este decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo BID N° 4802/OC-AR cuyo modelo se aprueba en el artículo 1º de
esta medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el
objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto
o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Apoyo a la Gestión Integrada del Gasto Público” al MINISTERIO DE
HACIENDA, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, con el apoyo de la
Dirección de Programas y Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial
Amplio (DPYPEESA) dependiente de dicha Secretaría, en la gestión
operativa, administrativa, presupuestaria y financiera-contable.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Jorge Roberto
Hernán Lacunza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/10/2019 N° 81377/19 v. 24/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)