ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 736/2019
DECTO-2019-736-APN-PTE - Asueto a ciudadanos uruguayos.
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-92593067-APN-SECAPEI#MI, la Ley Nº 23.759 y el Decreto Nº 2133 de fecha 5 de diciembre de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.759 se estableció que los ciudadanos de países
limítrofes radicados en la REPÚBLICA ARGENTINA que trabajen en relación
de dependencia gozarán en sus empleos de hasta CUATRO (4) días de
licencia, a los fines de que puedan concurrir a emitir su voto cuando
se realicen elecciones en su país de origen, debiendo comunicar dicha
circunstancia a su empleador con la anticipación y en la forma que
establezca su reglamentación.
Que a través del Decreto Nº 2133/94, se reglamentó la norma aludida,
disponiéndose que la referida licencia se hará efectiva cuando se trate
de elecciones relativas a cargos nacionales y que abarquen a todo el
país, debiendo el trabajador solicitarla por escrito y con una
anticipación no menor a DIEZ (10) días corridos a la fecha de los
comicios.
Que el día 27 de octubre de 2019 se realizarán Elecciones Nacionales en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
Que el Gobierno Nacional valora y alienta especialmente la
participación democrática y esto implica realizar los esfuerzos
necesarios para promover el cumplimiento de los deberes cívicos por
parte de todas las personas que habiten su territorio.
Que atento la proximidad de las elecciones a llevarse a cabo en el
vecino país, se considera necesario facilitar la concurrencia de los
ciudadanos uruguayos que trabajen en el sector público nacional en la
REPÚBLICA ARGENTINA, a fin de que puedan emitir su voto.
Que, a esos fines, resulta oportuno conceder asueto administrativo para
los ciudadanos uruguayos que se desempeñen en la Administración Pública
Nacional, el día 28 de octubre de 2019.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Se otorga asueto el día 28 de octubre de 2019 a los
ciudadanos uruguayos que se desempeñen en la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL, a fin de que concurran a emitir su voto en las Elecciones
Nacionales de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY que se realizarán el
día 27 de octubre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Se establece que los beneficiarios del asueto que se
dispone por el artículo precedente deberán acreditar ante la autoridad
competente de su jurisdicción la emisión del sufragio respectivo.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Rogelio Frigerio
e. 25/10/2019 N° 81810/19 v. 25/10/2019