Resolución 155/2019
RESOL-2019-155-APN-AGP#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-92579301-APN-MEG#AGP iniciado en esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por los artículos 1° y 2° de la Resolución N°
RESOL-2019-153-APN-AGP#MTR, recaída en el expediente del VISTO, se
abrogó la Resolución AGPSE N° 13/03 y se sustituyó el artículo 10 de la
Resolución AGPSE N° 59/11, en los términos allí consignados,
respectivamente.
Que, con el fin de otorgarle amplia difusión a lo decidido, es menester
publicar dicha norma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
por UN (1) día.
Que el suscripto, en uso de las atribuciones que le confieren los
artículos 2º y 3º de la Ley Nº 23.696, el Estatuto Social de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, aprobado por
Decreto Nº 1456/87 y el Decreto Nº 528/16, está facultado para dictar
la presente medida.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Publíquese la Resolución N° RESOL-2019-153-APN-AGP#MTR en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por UN (1) día.
ARTÍCULO 2°.- Por la SUBGERENCIA DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA
notifíquese a todas las Dependencias, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación y, oportunamente, archívese.
Gonzalo Mórtola
e. 25/10/2019 N° 81595/19 v. 25/10/2019